Llegamos acuerdo en cmac, el empresario no cumple, vamos a juicio y hemos perdido ¿Por qué?

Llegamos a un acuerdo en el cmac por despido, la cantidad era 6500€, el empresario nos paga 1000€ y nada más. Vamos a juicio, al juzgado de lo social de Granada y hoy recibimos la sentencia y basándose en una sentencia de un juez de Castilla la Mancha, nos dice que no tenemos derecho a nuestra indemnización y al empresario le quita toda obligación que tuviera con nosotros, "los trabajadores". El empresario se ha dado por insolvente pero sigue con su establecimiento abierto. ¿Creen ustedes que si vamos al supremo tendremos algo que hacer?

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No entiendo como es que habiendo llegado a un acuerdo con el empresario, en el acto previo de conciliación celebrado en el SMAC, el juez exime al empresario de abonaros la cantidad adeudada de 6500 euros, alegando para ello la insolvencia del empresario cuando cuando la empresa sigue en activo, y cuando el FOGASA esta precisamente, para hacerse cargo de parte de las deudas de los empresarios declarados insolvente, además de la obligación del Juez de proceder al embargo de los bienes que sean necesarios hasta saldar la deuda del empresario cuando este no puede hacer frente a las deudas contraídas con los trabajadores, sin embargo, el SR Juez, exime al empresario de pagaros lo que acordó en el acto previo de conciliación.. Algo no me cuadra, deberías de ponerte en contacto con un sindicato o con un abogado laboralista particular o de oficio para que te asesora sobre esa cuestión porque algo falla en la sentencia judicial a no ser que el empresario haya recurrido la sentencia alegando que el despido a sido procedente y le hayan dado la razón, por eso deberías de ponerte en manos de un abogado para que te diga si es correcta la sentencia judicial o la podéis recurrir porque es todo muy raro.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

Buenas noches, le leo lo que la empresa dice; por parte de la empresa se formula oposición, alegando que la vía para obtener el cumplimiento del acuerdo alcanzado es la ejecutiva ya intentada, sin que sea posible un nuevo proceso declarativo en el mismo objeto. El juez se basa en varias sentencias una de ellas es STCJ del País Vasco de 11 de febrero de 1998 y dice: que no cabe un proceso declarativo ulterior parara obtener la condena de la empresa por una obligación que ya se concilió en sede administrativa, ni mutar lo que es un acuerdo extrajudicial, cuyo cumplimiento debe hacerse valer por vía ejecutiva, en condena judicial para habilitar una responsabilidad subsidiaria del Fogasa que en función de aquel título concilatorio no se es exigible, en el abono de la indemnización pacatada.

Aporta otra sentencia del TSJ de Cataluña de 28-04-2011 y dice que aplicando los criterios antes expuestos el presente supuesto, ha de concluirse que como dice la demanda, no es posible un nuevo proceso declarativo sobre una cuestión en la que ya se ha producido previo acuerdo en conciliación entre las partes, más aún cuando incluso se intentando ejecutar el mismo.

El ínclito juez se llama Jesús I. Rodríguez Alcázar, magistrado del juzgado de lo social nº 1 de Granada.

Le llamo el ínclito porque si le dijera lo que pienso de este tipo me faltarían adjetivos calificativos.

Perdóneme Sr experto, y le agradezco su tiempo y su amabilidad, pero viendo últimamente las sentencias de los jueces en España, es para no creer en la justicia.

Vamos, que como el empresario alega no se que formalismos jurídicos, el juez en vez de ordenar la ejecución de la sentencia, para que te`pague lo que te debe, desestima la demanda, dejando al empresario que se valla de rositas dejándote a las espaldas un buen pufo.. Para que luego digan que en España lo justicia es igual `para todos, sin comentarios.. Pero deberías de informarte sobre la posibilidad de recurrir la sentencia ante el TSJ porque me parece inverosímil que un juez aluda formalismos jurídicos y sentencias de otros jueces, para dar la razón a un empresario que previamente había llegado a un acuerdo contigo para pagarte una cantidad de dinero que previamente había reconocido que te debía, cuando lo que debería de haber echo el Juez, era todo lo contrario, y haber obligado al empresario a pagarte todo lo que te debía, yo no soy abogado ni entiendo mucho de leyes pero lo mas lógico es que si la empresa reconoce que tiene una deuda económica contigo, es que te pague todo lo que te debe y si no te lo paga que sea una sentencia judicial quien obligue a hacerlo, pero eso no a sucedido en el caso tuyo así que miras haber que es lo que pasa con esa la sentencia de ese juez por si la puedes recurrir a las mas altas instancias judicial como al TSJ yo no te puedo ayudar en temas jurídicos `porque no soy experto y no quiero meter la pata así que mira haber si puedes recurrir la sentencia .. ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

Muchísimas gracias. Te agradezco enormemente el tiempo que me has dedicado y espero que mi sentencia pueda servir para que con otros trabajadores no se cometa la injusticia que creo que se ha cometido conmigo, porque en mi caso me dijeron que si no vas al cmac, hasta que no saliera la sentencia no podía echar los papeles para cobrar el paro. Mi abogada me ha comentado que todo esto viene porque a su juicio el FOGASA se está quedando sin dinero.

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