No me pagan en la empresa. Que puedo hacer?

Llevo 1 año trabajando en la recepción de un hotel, y en diciembre se traspasó. El nuevo dueño no paga a los empleados desde entonces. Cuando alguien pide un anticipo le dan 100€ y si ese día está de buenas. Hace unos días bajamos todos los empleados a hablar con él y les dijo que no había dinero, pero la recepción sabe lo que ingresa y es bastante. Han borrado los ingresos de los ordenador de recepción, para que nadie los vea y quede constancia. El personal que entra nuevo trabaja 1 mes y como no cobran se van y no les paga, y les hace contratos de 1 año para que sea baja voluntaria. También tiene trabajadores en negro y así es más fácil decirles que no vuelvan. Vamos un caos! ¿Qué se puede hacer en estos casos? Yo solo quiero cobrar lo que me deben y que no sea cada vez mas. Estoy dispuesto a denunciarlos, pero no sé los trámites a seguir. ¿Qué pasaría si un día piensa que ya tiene suficiente y ese marcha? Sabemos de buena fuente que a los único que paga es el alquiler, pero a los demás no, cuando los proveedores no le sirven más, se busca otros, y así con todo.

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En primer lugar todas las irregularidades que esta cometiendo la empresa con el tema de las contrataciones del personal, y las de la contabilidad se pueden denunciar en la inspección de trabajo y seguridad social, para que los inspectores de trabajo se pasen por la empresa para que inspeccionen todos los contaros de trabajo y para que les enseñen los libros de contabilidad y si observan irregularidades los inspectores, iniciaran un expediente sancionador que la puede salir muy caro a la empresa, y para reclamar los salarios adeudados tienes que poner en el SMAC, una demanda o papeleta de conciliación que es una demanda previa a la demanda por vía judicial, por reclamación de cantidad o impago, y si no quieres continuar trabajando en la empresa puedes poner otra papeleta o demanda de conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por justa causa o incumplimiento de las obligaciones empresariales.. El SMAC convocara las partes para tratar de que se llegue e un acuerdo sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial, si la empresa reconoce la deuda y se aviene a rescindir el contrato de trabajo con una indemnización equivalente a la del despido improcedente, tu cobraras lo que te deben mas lo que te corresponda de indemnización por el tiempo trabajado en la empresa mas el derecho a percibir la prestación por desempleo si reúnes los 360 días requeridos para acceder a dicha prestación, pero si en el acto de conciliación no se llega a un acuerdo, con el acta de conciliación fallido que te entrega el SMAC tienes que recurrir ante el juzgado de lo social de tu localidad para que sea un juez quien de por extinguido el contrato de trabajo y obligue a la empresa a pagarte lo que te debe, pero mientras no se resuelva el contencioso laboral tienes que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo porque si no lo haces se considerara un cese voluntario y perderás el derecho a ser indemnizada y la prestación por desempleo, así que ponte en manos de un abogado, o un sindicato para que te tramiten todo el procedimiento.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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