Bajo ninguna circunstancia puedes coger el dinero de la caja registradora del bar donde trabajas para cobrar lo que te debe tu jefe porque eso esta tipificado como robo o hurto ademas de abuso de confianza lo que te podría causar problemas con la justicia además de que te pueden despedir sin derecho a ningún tipo de indemnización además que quedaría manchado por mucho tiempo tu historial laboral algo que te podría acarrear problemas para trabajar en otras empresas porque eso es algo que tienen muy en cuenta las empresas cuando van a contratar a un empleado.. Mira si tu jefe te hace trabajar mas horas de las pactadas en el contrato de trabajo y además de no pagarte esas horas te debe tres mensualidades lo que tienes que hacer es lo siguiente:
1ª)Tienes que poner una papeleta de conciliación en el SMAC, por reclamación de cantidad para reclamar los tres meses que te deben mas las horas que trabajas y no te pagan
2ª) Además de la papeleta de reclamación puedes poner otra papeleta que es una papeleta difieren a la papeleta de reclamación de cantidad, para solicitar la extinción del contrato de trabajo por falta de pago lo que te dará derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente y el acceso a la prestación por desempleo si reúnes el periodo de carencia de 360 días y si en el acto de conciliación no hay acuerdo entre las partes con el acta de conciliación que te entregan en el SMAC tienes que acudir al juzgado de lo social para denunciar a tu jefe y esperar a la resolución judicial que en la mayor parte de los casos como el tuyo es favorable a la extinción del contrato de trabajo y al abono de lo adeudado con un 10 % de intereses de mora, así que antes de actuar por tu cuenta deberías de ponerte en contacto con un sindicato o con un graduado social para que les expliques el problema que tienes en el trabajo y te indiquen el procedimiento a seguir para tramitar la demanda contra tu jefe, pero también la puedes tramitar tu mimo para lo cual tienes que dirigirte a el SMAC de tu ciudad y allí mismo te darán toda la información y los formularios para presentar ambas demandas, pero tienes que tener muy en cuenta que mientras no se resuelva el contencioso laboral tienes que seguir acudiendo al trabajo para que no se considere la falta de asistencia al trabajo como una baja o cese voluntario lo que daría lugar a la perdida de todos los derechos como el de la indemnización y el de la prestación por desempleo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..