Si re concedieron una excedencia de un año porque ese fue el tiempo que solicitaste a la empresa, esta no tiene ninguna obligación de admitir tu reincorporación hasta que no venza la fecha de vencimiento de la excedencia solicitada, tienes que tener en cuenta que la empresa para cubrir tu puesto de trabajo tendría que contratar a otra persona por el mismo tiempo de duración de tu excedencia y no podría despedir a esa persona antes de finalizar el contrato de trabajo.. Por otra pararte si eres tu quien cesa de forma voluntaria y decides rescindir el contrato de trabajo el finiquito que te correspondería estaría en función de los días trabajados y no pagados hasta la fecha del inicio de la excedencia mas la parte proporcional de las pagas extraordinarias de verano y navidad así como la de las vacaciones no disfrutadas de las que corresponden 2;5 días por mes trabajado, y cualquier cantidad endiente de pago en concepto de atrasos horas extraordinarias endientes de pago etc.. De todas formas y para resolver cualquier duda si no estas afiliada a ningún sindicato te puedes informar en la inspección de trabajo y seguridad social.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..