Si después de que te concedieran la excedencia voluntaria comenzaste a trabajar en otra empresa, de la que me imagino que te despidieron por causas económicas, al ser una extinción del contrato de trabajo a instancias del empresario, estarías en situación legal de desempleo requisito imprescindible para cobrar la prestación contributiva o paro, aportando al SEPE, la carta de despido y el certificado de empresa, pero teniendo en cuenta lo cobrarías hasta antes de la fecha de finalización de la excedencia voluntaria porque si la duración del paro es mayor que el tiempo que resta de la excedencia voluntaria el SEPE suspendería el paro hasta que se solicite por escrito la reincorporación a la empresa y la empresa responda también por escrito si dispone o no de vacantes, si responde que no dispone de vacantes pero que en cuanto haya una disponible se comunicara de inmediato para que se produzca la reincorporación, el SEPE reiniciara el pago de la prestación hasta que se agote el paro o hasta que se comunique la existencia de vacante, si cuando se solicita la reincorporación se tiene noticia de que se a contratado a un trabajador que ocupa dicha vacante y se puede acreditar, entonces lo que se tiene que hacer es interponer una demanda por despido improcedente ante el SMAC.. Pero lo mas aconsejable es que te asesores en un sindicato o en la inspección de trabajo y seguridad social para que te indiquen los pasos a seguir según la situación sea la primera o la segunda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..