¿Las excedencias tienen derecho a finiquito?

Me cumple el próximo 16/09/10 el plazo para solicitar la reincorporación a la empresa en la que trabajaba y en la que solicite dos años por motivos personales. Ahora quiero incorporarme si no es a mí antiguo puesto a uno similar, que se si pasa un año no tengo derecho a reclamarlo; ¿Pero la verdad no tengo claro si se pueden negar a admitirme? Y si esto pasara me gustaría saber si me tienen que finiquitar por los diez años trabajados antes de pedir dicha excedencia. Muchas gracias por su atención.
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Necesito que me indiques que tipo de excedencia solicitaste: si voluntaria o especial (cuidado de hijos, de familiares enfermes, cargo político,...)
La excendia la pedí por motivos personales, fue para cambiar de trabajo temporalmente cerca de casa para poder hacerme cargo de mi hijo y de mi madre que estaba en tratamiento por cáncer, así que encontré un trabajo al lado de casa y así lo planteé.
La excedencia para el cuidado de un hijo menor de 3 años o para el cuidado de un familiar enfermo da derecho a reserva del puesto de trabajo.
Pero la excedencia voluntaria solo da derecho a preferencia de ingreso en caso de vacante.
Podrías haber tenido derecho a solicitar una excedencia especial con derecho a reserva del puesto de trabajo, pero por lo que me has indicado no queda claro si solicitaste una excedencia voluntaria, en función de lo realmente solicitado tendrás derecho a lo que te acabo de indicar.
Respecto al finiquito o liquidación la empresa tuvo que dártelo en el momento de iniciar la excedencia. A indemnización no tienes derecho salvo que la empresa se niegue a readmitirte, donde podrías reclamar como si de despido se tratara y tendrías derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado.

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