Indemnización empleadas de hogar

Piper,
como sabes te tengo como experto y me gustaría hacerte un pregunta puntual sobre el tema que me resolviste de las empleadas de hogar, pero que me olvide de exponerte en mi ejemplo.
Recuerdas, era una chica que viene solo por horas, los lunes. Tres horas cada lunes.
He leído en el estatuto de los trabajadores por horas que solo si se llega a 120 días al año es cuando se tiene derecho a cobrar dos pagas exttraordinarias, o sea que en mi caso veo claro que no tengo que pagarle pagas extraordinarias, ¿Pero qué pasa con la i8ndemnizacion?.
La pregunta es, sabiendo que trabaja tres horas los lunes, es decir 12 horas al mes,. En caso de que por ejemplo el 1 de nero de 2013, ya no la necesitemos por las razones que sean ¿tengo qué pagarle indemnización? En caso positivo ¿cuánto?

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Si hay que pagarle, por despido improcedente es 45 días por año trabajado.
Para saber si lo he entendido bien, si tengo que pagarle 45 días por año ttrabajado y estamos poniendo como ejemplo este año 2012. ¿Si trabaja 3 horas los lunes, me sale 12 horas al mes, y me sale 144 horas al año, cuanto le tengo que pagar por esas 144 horas si el 1 de nero 2013 rompemos el conttrato?
Gracias Piper, una vez
Jose
Me equivoqué, el despido improcedente es de 20 días por año trabajado. He consultado lo de las pagas con la nueva ley y tiene derecho todo el mundo independientemente de los días trrabajadoso las horas.
Para la indemnización lo que se hace es el salario mensual entre 30, multiplicado por veinte. Multiplicado por los años trabajados que si es un año pos por uno.
Gracias Piper por tu respuesta y ahora ya como efectuar la operación para el calculo lo tengo claro, pero leyendo paginas oficiales de las empleadas de hogar he leído que en este caso y trabajando por horas, la indemnización creo entender que es 7 días por año trabajado en lugar de 20 días por año trabajado que es lo general del estatuto de trabajadores. ¿que opinas tu de esto?
Gracias
Jose
Yo lo he consultado con un abogado con la nueva ley en la mano, y lo han modificado, antes si eran 7 días por año, pero ahora son 20 en despido improcedente.
Piper muchas gracias, pues me queda completamente claro el tema. Ahora mi pregunta es que significa en una empleada de hogar "despido improcedente". Me explico, si llega el 31 de diciembre y yo ya no quiero seguir con ella, o porque mi presupuesto ya no me lo permite, o porque no estoy contento con ella..¿es eso un despido improcedente?
Muchas gracias como siempre
Jose
Si se la despide cuando su contrato sigue en vigor sin una justificación adecuada es improcedente. Si es que finaliza su contrato y no se la renueva, no es despido, es finalización de contrato. Si es como dices que no estas de acuerdo de como trabaja se puede considerr procedente pero ella puede reclamar.

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