Me pueden obligar a cambiar el horario de trabajo en mi empresa?

Josbian de nuevo acudo a ti para solucionar una duda: En el anterior mensaje que te envíe te comente que la empresa en la que trabajo esta a punto de entrar en concurso de acreedores y me aconsejaste que pusiera una demanda por cantidades impagadas y por incumplimiento de contrato para la rescisión de este, bien te he hecho caso y he empezado con el proceso, pero me surge una duda ya que por el mal ambiente de trabajo que ahora hay y por que otras compañeras mías con menos antigüedad han abandonado la empresa, me temo que me van a cambiar el horario de mi jornada laboral, mi pregunta es si estoy obligada a hacer el horario que me ponga el empresario o si por el contrario puedo negarme, además hay dos días de la semana en que entre jornada laboral y jornada laboral solo hay siete horas, y esto no el legal, ¿me puedo negar?

Los horarios de estos dos días son:

Sábado 13,00 a 17,00 y 21,00 a 2,00

Domingo 9,00 a 11,00 y 13,00 a 17,00

La empresa en que trabajo es de hostelería.

Espero tu respuesta y muchas gracias por atenderme, me estas siendo de gran ayuda.

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La modificación del horario de trabajo, se encuadra dentro de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la empresa te puede cambiar el horario de trabajo si existen, probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa. Si tu no estas de acuerdo con el cambio de horario, porque perjudica tus intereses, puedes rescindir el contrato de trabajo lo que te da derecho a percibir una indemnización de 20 días por año de servicio con un tope de 9 mensualidades, ademas del derecho a cobrar el paro, si reúnes los requisitos para ello. Pero si no estas de acuerdo con la modificación horaria pero no quieres rescindir el contrato de trabajo, puedes impugnar la modificación, ante el juzgado de lo social, solicitando la reposición de las anteriores condiciones, y si la sentencia es favorable, la empresa tiene la obligación de asignarte el mismo horario, y si no lo hace te tiene que indemnizar con la cuantía equivalente a la del despido improcedente.. Para interponer la impugnación dispones de 20 días hábiles a partir de la fecha en la que se te comunica el cambio de horario, comunicación que tiene que hacer por escrito, en el que te tiene que explicar de forma muy clara y detallada, las causas de el cambio horario y la fecha de efectividad, ademas si en la empresa tenéis representación sindical, también se lo tienen que notificar a los representantes de los trabajadores, articulo 41 del ET.. Por lo tanto, si no estas de acuerdo con la modificación de las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, puedes rescindir el contrato de trabajo o impugnar la decisión empresarial ante el juzgado de lo social, pero no te puedes negar a cumplir con la decisión del empresario, porque te podrían aplicar un despido disciplinario, y eso conlleva la perdida se la indemnización.. un saludo..

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#c3s1

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Mi marido trabaja en una Consultoría IT en proyectos para otras empresas (en las instalaciones de los clientes) el contrato que tiene es indefinido con 40 horas semanales de lunes a domingo (con antigüedad de 7 años), en el último proyecto que ha estado ha trabajado de L a V de 9 a 18 horas, le han reubicado en otro temporalmente (a su vez subcontratado para la consultora que se ha llevado el proyecto) para unos meses manteniéndole el mismo horario, mi consulta es si pasado ese tiempo y le den otro proyecto, pueden cambiarle el horario, ¿turnos y demás? Si lo hacen, ¿qué manera hay de resolver el contrato?

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Modificación del horario de trabajo, se encuadra dentro de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la empresa te puede cambiar el horario de trabajo si existen, probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

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Yo trabajo en supermercado que es una franquicia. Tengo contrato fijo de 40 horas. En principio hacia una semana de mañana y otra de tarde, luego el empresario despedio gente y contrató todos con contrato de formación de 30 horas. Soy yo la unica que hace 40 y su contrato no se como es.
Luego mi horario cambio siempre de tarde con razon que los demas tienen que cumplir su horario fijo indicado en los contratos de formacion. El 30 de noviembre de 2016 me dice el jefe que el dia 3 de diciembre que era un festivo en Navarra voy a trabajar. Le he negado porque me debe 2 festivos por pagar y 2 inventarios y le dije que si no me paga lo que me debe no me apetece trabajar gratis. Los festivos son voluntarios. Desde entonces me hace hacer horario partido todos los dias menos lunes y sabado que voy de tarde, sin avisarme por escrito ni nada. ¿Se puede hacer eso?

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