Te pueden denegar el desempleo tras finalizar excedencia por respuesta ambigua de la empresa

Pedí excedencia en Septiembre de 2008 (3 años) y trabaje para otra empresa de otro sector. Me despidieron en abril del 2011 y solicite el desempleo. Me lo concedieron advirtiendo de que en septiembre debía pedir la reincorporación a la empresa de la excedencia. En Agosto envíe un burofax para solicitar la reincorporación y la respuesta de la empresa fue que tomaban nota. Con esa respuesta volví en septiembre a la oficina del inem y mi sorpresa fue que me paralizaban el desempleo porque la respuesta era ambigua. Ademas en octubre la empresa realizó diferentes contrataciones para puestos de la categoría laboral que yo tenia vulnerando así mi derecho de reincorporación. ¿Tiene razón el desempleo? Es decir yo he cumplido con los requisitos de la ley general de la seguridad social donde dice que para ser considerado trabajador en situación legal de desempleo se debe pedir la reincorporación a al empresa cosa que he hecho mediante 3 burofaxes y la respuesta de la empresa siempre a sido la misma, tomamos nota, pero no me reincorporan y contratan a gente. ¿Cómo puede responsabilizarme a mi el inem de la respuesta de la empresa? He denunciado a la empresa para el reconocimiento de derecho, el juicio saldrá en breve, pero claro hasta el momento de la readmisión yo debería estar cobrando el desempleo ya que estoy sin empleo, he realizado la petición correspondiente de reincorporación, la empresa no me reincorpora y tengo cotizado para recibir la prestación, Además he leído que si hay readmisión y salarios de tramitación y además se ha cobrado el paro este esta cobrado de manera indebida pero no achacable al trabajador con lo cual la devolución del mismo debería efectuarlo la empresa descontandolo de los salarios de tramitación. ¿Siendo esto así como es posible que el inem no me de la prestación? He realizado escritos y he agotado todos los pasos administrativos hasta llegar a la reclamación previa vía judicial y nada el inem dice que mis alegaciones no desvirtúan las suyas que son las siguientes: Que debo presentar una carta en la que la empresa me deniegue la reincorporación por falta de vacantes. Pero esto es un bucle yo he realizado la petición a la empresa y esta contesta lo que quiere, porque dicen que toman nota pero no me reincorporan ni me deniegan la reincorporación. Como es posible que el inem no entienda que yo no puedo aportar esa repuesta ya que quien la tiene que realizar no tiene voluntad de hacerlo. Unos por otros la casa sin barrer pero la casa es la mía, y ya van 7 meses sin cobrar la prestación. He denunciado al inem porque no me queda otra. Esto es un esperpento y me gustaría saber si puedo pedir ademas prevaricación para los funcionarios que han resuelto esto. Esa carta de archivo dice que el 30 de septiembre me notifican la carencia de documentación, que en ella me otorgaban 15 días para subsanar la falta (la famosa negativa a la reincorporación) y que transcurrido el plazo yo no he comparecido y por tanto proceden a archivar mi expediente y lo mas alucinante es que lo firman el 30 de Septiembre. Si el 30 me notifican cosa que es mentira porque no hay notificación, y otorgan 15 días el archivo de solicitud nunca puede ser antes del 20 de Octubre y lo firman el 30 de septiembre. ¿Eso puede entenderse como prevaricación?

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Tienes toda la razón a afirmar que los funcionarios del SEPE/INEM,aveces se pasan en el ejercicio de su profesión con los desempleados, pero por desgracia situación como la que estas padeciendo tu la han padecido y la siguen sufriendo muchos trabajadores que después de una excedencia voluntaria, se encuentran conque que al solicitar la reincorporación a la empresa esta en vez de responder con claridad que no dispone de bacantes en ese momento pero que cuando disponga de alguna de la misma categoría o categoría equivalente, se producirá la reincorporación, respuesta que que exige el INEM parara considerar la situación del trabajador como una situación legal de desempleo, lo que hace la empresa que no quiere readmitir a el trabajador en excedencia es precisamente responder con evasivas `para que el trabajador termine por desistir de solicitar la reincorporación y causar baja a todos los efectos en la empresa para evitar la demanda por despido improcedente y con ello la indemnización por despido improcedente.. Por lo tanto si la empresa no responde a

Tienes toda la razón a afirmar que los funcionarios del SEPE/INEM,aveces se pasan en el ejercicio de su profesión con los desempleados, pero por desgracia situación como la que estas padeciendo tu la han padecido y la siguen sufriendo muchos trabajadores que después de una excedencia voluntaria, se encuentran conque que al solicitar la reincorporación a la empresa esta en vez de responder con claridad que no dispone de bacantes en ese momento pero que cuando disponga de alguna de la misma categoría o categoría equivalente, se producirá la reincorporación, respuesta que que exige el INEM parara considerar la situación del trabajador como una situación legal de desempleo, lo que hace la empresa que no quiere readmitir a el trabajador en excedencia es precisamente responder con evasivas `para que el trabajador termine por dejar, de seguir solicitando la reincorporación y causar baja a todos los efectos en la empresa, y evitar la demanda por despido improcedente y con ello la indemnización por despido improcedente.. Por lo tanto si la empresa no te responde a la solicitud de reincorporación con claridad,, o que tienes que hacer para solucionar la situación con el SEPE/INEN,y poder acceder a la prestación por desempleo es demandar a la empresa por despido improcedente porque lo que demuestra la empresa con esa actitud tan confusa es la de que no esta muy dispuesta a readmitirte, y mientras a los funcionarios del INEM no les presentes por escrito la respuesta de la empresa en la que se comprometa a readmitirte en cuanto disponga de una bacante o de que ya no necesita tus servicios, seguirán sin considerar tu situación como situación legal de desempleo por lo que seguirán negándote la perestacion por desempleo, así que si la empresa no te responde con claridad a la solicitud de reincorporación deberías de ponerte en contacto con un profesional del derecho laboral( un sindicato o un abogado laboralista particular o de oficio)para que te tramiten la demanda por despido improcedente, si no tendrás muchas dificultades para acceder a la prestación por desempleo porque mientras la empresa no responda a tu solicitud con claridad no estarás en situación legal de desempleo.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

yo ya he interpuesto una demanda contra la empresa pero no por despido improcedente sino por reconocimiento de derecho ya que la empresa esta realizando contrataciones de mi misma categoría laboral.Yo he pedido reincorporación y si me conceden el derecho los salarios que debiera haber percibido. El juicio ya se produjo y estoy esperando sentencia que supongo que no se demorara mucho mas (ya hace 1 mes y pico). Por otra parte por lo que yo he leído hay 4 tipos diferentes de respuesta de la empresa a la solicitud de reincorporación, que no contesten, que despidan, que readmitan o que no readmitan porque no hay vacantes disponibles. La respuesta ambigua no puede ser la a) ya que han contestado, ni la b) ya que en sus respuestas ambiguas admiten el vinculo contractual que tenemos ni la c) ya que no se ha producido la reincorporación por tanto sea cual sea la forma de la respuesta el fondo es que no readmiten porque no hay vacantes disponibles a su entender. El inem se beneficia de un vacío legislativo ya que no hay legislación para la respuesta ambigua pero si se dice que el hecho de respuesta ambigua no implican el desconocimiento del vínculo que le liga a la empresa con el trabajador excedente y el derecho a su reingreso, sino solamente lo pospone; por lo que en estos casos debe ejercitarse la acción declarativa. Atando cabos esta claro que el trabajador debe estar protegido de alguna manera. Ademas si se me concediera el desempleo (cosa que se contempla en el articulo 209,5 B))la posible legitimidad de las prestaciones que yo pudiera percibir estarían aseguradas ya que si el juez no reconoce mi derecho a reincorporación dejaría claro bajo sentencia judicial que me encuentro en situación legal de desempleo ya que no se me reincorpora porque entendería que no tengo derecho y si gano la legislación si contempla el caso en el que hayas percibido el desempleo y te den salarios de tramitación con lo que el paro se consideraría cobrado de manera indebida no achacable al trabajador y la legislación en el articulo 227 indica como se devuelven esas prestaciones es por esto por lo que no entiendo como el inem esta actuando así, ya que si gano esta legislado como devolver la prestación y si pierdo eso no haría mas que ratificar mi situación legal de desempleo y por tanto legitimar las prestaciones que estoy solicitando. Visto esto también he demandado al Inem y el juicio sera en 1 mes y pico ya que una cosa es lo que ellos entienden y otra es la realidad. Supongo que esto se hace para dilapidar en el tiempo las cosas y que la gente se asuste al ver solo la solución judicial.

Estoy totalmente de acuerdo contigo, pero las lagunas legales a quienes perjudican siempre son a los trabajadores, de hay la importancia que tiene que la respuesta de la empresa ante la solicitud de reincorporación sea clara es decir la de la readmisión aunque el trabajador tenga que esperar algún tiempo por inexistencia temporal de bacantes pero si la empresa no da una respuesta concreta el trabajador se puede encontrar con una situación como la tuya, lo que le lleva meterse en pleitos judiciales para solventarla, espero que la tuya sea la que te corresponde legalmente,, ya me contaras como sale la resolución de la sentencia..

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