Estimada consultante,
Este tipo de casos es conveniente que lo lleve por medio de abogado, para disipar las dudas que plantea y también para que el escrito que se redacte cuente con todas las garantías legales.
La reducción de jornada por cuidado de un hijo es algo a lo que la trabajadora tiene derecho. Por ampliarle información, indicarle que el menor no tiene por qué ser su hijo, sino que se admiten otros menores. Hasta hace un tiempo tenía que tratarse de un menor de 8 años, pero actualmente se modificó la Ley en este sentido y el menor puede ser de hasta 12 años.
La reducción de jornada es innegable a la trabajadora y le otorga una sobreprotección frente al despido. Esto quiere decir que, estando en reducción, si la empresa optara por despedirle, el pastel le puede salir bien caro, puesto que una trabajadora que goza de reducción por cuidado de un hijo se equipara, a efectos de despido, con la trabajadora embarazada a la que se le pretende despedir, de forma que el despido puede ser, efectivamente, nulo, que es un grado mayor al improcedente incluso. Para ello no es necesario que el contrato sea en fraude de ley, sino que "basta" con que la empresa le despidiera por causas no legales o legales no demostradas.
Con respecto a la jornada a reducir, indicarle que se puede reducir entre un 12 y un 50% de la jornada de trabajo. También indicarle que, a pesar de la reducción, a efectos de cobrar en un futuro el desempleo, se computa como jornada completa, no se tiene en cuenta la reducción llevada a cabo.
Con respecto al tiempo de antelación, indicarle que la Ley marca un plazo de 15 días salvo que el convenio establezca otra cosa. La Ley dice que el plazo de preaviso es de 15 días porque, de impugnarse, en teoría el juicio debe salir en 5 días, la teoría dista bastante de la práctica. Con esto le quiero decir que haciéndolo con 15 días de preaviso se cumple la Ley, pero si se puede hacer con más antelación, nunca está de más.
Con respecto al "modelo", le aconsejo que escape de éstos, pues estos modelo que deambulan por internet son tan genéricos que es imposible que se amolde a las circunstancias concretas del caso, y puede ocurrir que el modelo prototipo incluya cosas que a usted ni le van ni le vienen, o que omita algún extremo importante en su caso, y todo lo que se firme luego es vinculante para lo bueno y lo malo de cara a un Juzgado. Este tipo de escritos son redactados por un abogado por precios módicos, de forma que le compensará a todas luces.
Le invitamos a que gratuitamente nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente y sin compromiso.