Baja por maternidad

Buenas tardes.

Me encuentro en mi sexto mes de embarazo y me estoy sintiendo muy mal por que hago jornada partida y estoy sentada todo el rato, con lo cual la espalda y el bajo vientre me duele mucho.

Quería informarme sobre:

- Que derechos tengo a pedir reducción de jornada, puesto que no me gustaría coger ya la baja por que cobraría menos que ahora.

- Cómo se calcularía mi sueldo estando de baja por maternidad.

- Que tipo de baja tendría que coger en caso de que no me hagan la reducción de jornada

Cómo puede ver estoy muy perdida en estos temas le ruego me asesoren un poquito

Muchas gracias

Un saludo

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Según el E.T. Los trabajadores/as tienen derecho a pedir reducción de su jornada de trabajo, entre otras razones, para alimentar al recién nacido menor de 9 meses, para el cuidado de familiares, así como aquellos permisos que se piden por situaciones familiares más concretas. Pero el estatuto de los trabaja dores no contempla la reducción de la jornada laboral por embarazo, porque la mujer embarazada, esta totalmente protegida contra cualquier contingencia que suponga un riesgo para su embarazo, por lo tanto si no estas en condiciones de continuar con la actividad laboral porque el embarazo te esta causando molestias que te impiden realizar el trabajo con normalidad y la empresa no dispone de un puesto de trabajo alternativo que puedas compatibilizar con el embarazo puedes coger una baja común y aunque vas a cobrar algo menos sin embargo cuando vallas a dar a luz dispondrás de las 16 semanas de maternidad completas y durante las 16 semanas de permiso por maternidad cobraras el 100 por cien de lo que se conoce como la "base reguladora". Esta es una cantidad que se obtiene al dividir tu sueldo, antes de que te retengan los impuestos, entre 30 días. Esa cantidad diaria es la que cobrarás por cada día que estés de baja maternal. El cómputo se hace utilizando la nómina que tuviste en el
mes anterior al parto o al inicio de tu baja. Así que ya sabes primero coge la baja por contingencias comunes (dolor de espalda o de riñones mareos fatiga etc ) de esa forma conservas las 16 semanas de permiso por maternidad y cuando vallas a dar alud pides la baja por maternidad y el medico te dará el alta por contingencias comunes y la baja por maternidad y durante la maternidad cobraras el 100 por cien de la base de cotización del mes anterior al de la baja por maternidad y aunque ese mes hayas estado de baja por contingencias comunes la base de cotización sigue siendo la misma que cuando estabas trabajando porque la empresa un estando de baja tiene que seguir cotizando por la misma base se cotización.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda... No se te olvide finalizar la pregunta, gracias..

http://www.parabebes.com/revista/reduccion-jornada-laboral

Muchas gracias por la información, además de una respuesta muy rápida me has proporcionado la información exacta que necesitaba.

Muy amable y sigue trabajando así de bien

Un saludo

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