La baja te la tiene que pagar la entidad gestora ( INSS) o la entidad colaboradora (la mutua) dependiendo de con quien tenga concertada la empresa la cobertura por IT si la baja es por contingencias profesionales o accidente de trabajo lo mas seguro que sea una mutua la responsable de pago, pero si es por enfermedad común o accidente no laboral aunque puede ser una mutua quien tenga concertada con la empresa la cobertura por contingencias comunes, lo mas probable es que sea el INSS quien tenga que pagarte durante el tiempo que permanezcas de baja, por lo que tendrás que preguntar a la empresa o en la tesorería provincial del INSS `para que te informen de a que entidad tienes que solicitar el pago directo porque como estas en situación de inactividad laboral y no trabajas para ninguna empresa desde el momento en el que la empresa para la que trabajabas deja de responsabilizarse del `pago delegado eres tu quien tiene que solicitar el pago directo para que sea la entidad colaboradora o la entidad gestora quien se haga cargo de la prestación por IT hasta que te den el alta medica y el pago de la prestación se efectuara a últimos del mes siguiente al de la baja medica o a principios del siguiente mes... Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..