Pregunta sobre prestación d desempleo de la seguridad social.

No sé a qué experto debo dirigir mi pregunta, si no es a usted, le ruego si puede decirme a que categoría de experto pertenece.

Soy profesor de conservatorio, he sido interino varios cursos, el curso pasado fui sustituto, y este estoy en paro.

Tenía acumulados unos 9 meses antes de que me mandaran al paro, este curso pasado, no el anterior. Estuve cobrando el paro alrededor de 4 meses, cuando me volvía a reincorporar.

Es decir, me quedaban unos 4 meses. He pasado todo el año trabajando, hasta junio, y he vuelto a acumular algún mes más.

Hace dos años, me dijeron que tenía dos paros, que cuando acabase de gastar el primero, se iniciaría el paro del segundo periodo, es decir, alrededor de unos 3 o 4 meses más.

Pero hace dos semanas, al ir a solicitar el desempleo, me dijeron que solo tenía 3 meses de paro, hasta navidad, y yo le contesté lo que le he contado,

Y para mi sorpresa, me contestó, de eso, nada. Si no trabajas al menos 1 día, no puedes acceder al cobro del segundo periodo acumulado que tengo.

¿Me puede explicar esto?. Gracias.,

Y si esto no es correcto, ¿qué debo hacer? Dependo de ese ingreso para pagar mi hipoteca.

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Respuesta
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No se que es lo que te han dicho en el SEPE/INEM) pero cuando de interrumpe la prestación por desempleo que se esta cobrando para iniciar otra relación laboral, con otro contrato de trabajo, la prestación que se interrumpe se vuelve a reiniciar por la misma cuantía y por el tiempo que quede por consumir, si el contrato de trabajo dura menos de 360 días y las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo se reservan hasta que se acumulan con otros contratos de trabajo los 360 días que se necesitan para iniciar una nueva prestación, pero si el contrato de trabajo dura 360 días o mas tienes que elegir entre reiniciar la prestación que se interrumpió cuando se comenzó a trabajar iniciar una nueva prestación por los días que correspondan a las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo (Derecho de opción) pero al elegir una de las dos prestaciones la que no se elije se pierde para siempre.. Por lo tanto si el ultimo contrato de trabajo duro menos de 360 días, te corresponde cobrar lo que te haya quedado de la prestación anterior, y si el contrato de trabajo duro 360 días o mas tienes que optar, por escrito y en el plazo de 10 días entre reiniciar la prestación anterior o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas y una de las dos prestaciones se extingue porque no se puede acumular para el inicio de futuras prestaciones. Así que informate bien porque si en el INEM no se aclaran tendrás que efectuar la correspondiente reclamación en la misma oficina donde estés inscrito como demandante de empleo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta

hola,gracias por contestarme.

entonces, cuando se agote hacia navidad el periodo comprendido del primer paro,ya no puedo cobrar el segundo?

El que me aplicó el primer paro, me dijo que tenía que consumir este y después se inicaba automáticamente el otro.

he trabajado este curso desde el 16 de enero.me cesaron de baja y diern baja en la seguridad social el 30 de junio, y de alta el 1 de julio, porque dijeron que me pertenecían 14 días de vacaciones.

no me pagaron el verano, porque dijeron que me faltaba 1 día por cotizar,devían ser 168, y no contaron incluidos los 14 días de vacaciones.

quiere usted decir, que cuando se agote en naviad el primer período anterior, ya no cobro más.

es eso'?

gracias,

Angeles.

Vamos haber, si estas cobrando la prestación por desempleo, y te sale un trabajo porque lo hayas encontrado tu o porque te lo haya proporcionado el SEPE/INEM) antes de comenzar a trabajar tienes que notificar en la oficina del INEM donde estés inscrito como demandante de empleo que vas a empezar a trabajar para que se interrumpa la prestación que estés cobrando, y si el contrato de trabajo dura menos de 1,2,3, etc, pero menos de 12 meses, al finalizar el contrato de trabajo dispones de 15 días hábiles para solicitar la reanudación de la prestación que tuviste que interrumpir cuando comenzaste a trabajar, y lo que hayas cotizado durante el tiempo que hayas trabajado con ese contrato de trabajo se mantienen hasta que con otros contratos de trabajo reúnas los 360 días que se requieren para iniciar otra nueva prestación por desempleo, pero si el contrato de trabajo dura mas de 360 días tienes que elegir entre reanudar la prestación que tuviste que interrumpir cuando empezaste a trabajar por la misma cuantía y por el tiempo que te quede por consumir o por iniciar una prestación nueva con los días que te correspondan por las cotizaciones efectuadas con el contrato de trabajo recién finalizado, y al elegir una de las dos opciones la que se queda fuera de la elección se pierde para siempre, por lo tanto si optas por la prestación anterior pierdes la posterior y si optas por la posterior pierdes la anterior pero no puedes cobrar primero la anterior y cuando termines esa prestación empezar a cobra la prestación originada con el ultimo contrato de trabajo.. Pero lo que si se puede hacer cuando se a interrumpido una prestación para trabajar con un contrato de menos de 12 meses pero de al menos 3 meses si se tiene responsabilidades familiares o de 6 meses si no se tiene responsabilidades familiares y no se quieren reservar las cotizaciones para completar el periodo de carencia de los 360 días con los que poder iniciar la prestación por desempleo es una vez consumida la prestación interrumpida, solicitar el subsidio de desempleo de 426 euros al mes por cotizaciones insuficientes, pero si el contrato dura 360 días no se puede cobrar primero la prestación anterior y seguidamente la generada con las ultimas cotizaciones, pero si tienes alguna duda acude a un abogado laboralista y ya veras como te responden lo mismo que Yo.. espero que la respuesta te sirva de orientación.. No se te olvide finalizar la pregunta

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