Duda con respecto al paro

Hace un año me quedé sin trabajo, cuando fui a tramitar el paro me dijeron que había generado casi un nuevo derecho, me quedaban sólo días para llegar al año, llevando los contratos podían arreglármelo (por la duración de las jornadas) pero finalmente el chico me dijo "déjalo, agota el periodo anterior (me quedaban 4 meses por disfrutar de un periodo anterior) y esto te lo dejas aquí, que si no encuentras trabajo cuando acabes este, con que trabajes unos días podrás disfrutarlo.."

Agoté el paro que me quedaba hasta que encontré trabajo de nuevo..

Ahora, 9 meses después, estoy a punto de quedarme sin ese trabajo, yo siempre había contado con aquello, di por hecho que estos últimos meses cotizados se sumarían a ese periodo de días cotizados que no llegaron a ser "derecho a paro".. Pero todo el mundo me dice que pierdes el paro cuando cobras otro periodo, que no se acumula, etc..

Me gustaría saber cuál es mi situación ¿?

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Para causar derecho a la prestación por desempleo hay que tener un periodo de tiempo cotizado al SEPE/INEM de 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, que dan derecho a 4 meses de prestación.. Si cuando te quedas sin trabajo y empiezas a cobrar la prestación por desempleo te llaman del INEM o encuentras tu, un trabajo se interrumpe la prestación, hasta que finalice el contrato de trabajo o medie un despido a instancias del empresario, y si el contrato de trabajo dura menos de 360 días se tiene que solicitar la reanudación de la prestación que se interrumpió para iniciar la actividad laboral, por la misma cuantía y por el tiempo que quede de consumir, y las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo se reservan hasta completar los 360 días que dan derecho a iniciar una nueva prestación, pero si el contrato de trabajo dura 360 días o mas una cuando se produzca la extinción del contrato de trabajo tienes que elegir (derecho de opción) entre reanudar la prestación que tenias anteriormente, por el tiempo que te quede por consumir y por la misma cuantía o iniciar una nueva prestación correspondiente a el tiempo generado con las ultimas cotizaciones, pero al ejercer el derecho de opción una de las dos opciones se pierde para siempre porque no se pueden acumular junto con prestaciones anteriores.. Por lo tanto si tu tenias una prestación pendiente de agotar y comenzaste a trabajar con un contrato de trabajo de 360 días y en vez de optar por iniciar una nueva prestación optaste por la reanudación de la anterior prestación, bien sea por un error de el INEM o por cualquier otra circunstancia, ahora te encuentras con que no tienes ningún periodo cotizado para la prestación por desempleo, porque al ejercer el derecho de opción se pierde una de las dos prestaciones, así que tendrás que mirar en el INEM si ejerciste o no el derecho de opción porque si no llegaste a los 360 días al cobrar la prestación interrumpida las cotizaciones del ultimo contrato de trabajo se te tienen que reservar hasta completar los 360 días que dan derecho a iniciar una nueva prestación.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

Derecho de opcion:http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00az03.html

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