2 nominas sin cobrar

En mi empresa llevan sin pagarnos a nadie desde hace dos meses (la última nómina cobrada fue la de septiembre). Por lo que nos hemos informado la empresa tiene una deuda brutal que no va a poder afrontar.
Mi pregunta es la siguiente: Si por demanda solicitamos rescisión de contrato por falta de pago (esto lo haríamos cuando lleváramos 4 nóminas de retraso por consejo de una abogada laboralista) iríamos al FOGASA pero, ¿cuánto tardaríamos en cobrar? Y ¿La rescisión de contrato cuánto tiempo tarda desde que se solicita? ¿Cuándo llevemos 4 nóminas sin cobrar se rescinde automáticamente y podría ponerme a trabajar en otro sitio?

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Menuda "abogada laboralista" y menudos consejos.
Si lo haces así, lo primero es que nadie te asegura que el juez te vaya a dar la rescisión. En ningún sitio dice que tengan que ser 6 meses como mínimo. Tardará en salir según la carga del juzgado, luego un par de meses hasta la sentencia... eso si no recurre la empresa, que se te va otro año. En ese plazo la empresa ha cerrado y tú aún ni siquiera eres acreedor, por lo que en el mejor de los casos, como tú dices, te paga el Fogasa. En resumen, que de rescisión automática nada de nada. Por supuesto puedes ponerte a trabajar en otro sitio... después de que la sentencia sea firme. Antes no, porque sería baja voluntaria en tu empresa actual.
Lo que tenéis que hacer es poner ya una reclamación de cantidad pidiendo la deuda que tiene con vosotros. Así tenéis prioridad sobre el resto de acreedores y tendrá que pagaros o le embargarán. De esa forma tenéis posibilidad de cobrar todo lo que os debe. De la otra forma os paga el Fogasa y eso es mucho menos. Este juicio tardará más o menos lo mismo que el de rescisión. La ventaja es que si lo ganas puedes ganar más, porque has demandado antes de que se inicie el concurso de acreedores.
Si al siguiente mes os deja de pagar: otra demanda. Así con cada mes. Al final todas las demandas las acumulará el juzgado y se celebrará un mismo juicio.
Cuando la empresa cierre os despediría e iréis a cobrar el paro exactamente lo mismo que si hubierais rescindido el contrato voluntariamente.
Hola José Luis, antes de nada agradecerte muchísimo tu rápida respuesta.
En segundo lugar pedirte un pequeño consejo: Si económicamente sólo puedo soportar uno o dos meses más sin cobrar ¿tu consejo sería causar baja voluntaria en cuanto encuentre trabajo? (Ya he ido a 3 entrevistas y no creo que me costase demasiado tiempo)
Me interesa esperar a la rescisión puesto que así se solicitaría no sólo la deuda sino también los 45 días por año por considerarse despido improcedente, ¿esto es así?.
Quería esperar a enero puesto que por lo que nos dijeron la rescisión sería en 10 o 15 días desde la solicitud que se haría a principios de enero puesto que es cuando se acumularán 4 nóminas de deuda. Por lo que tú me comentas la rescisión puede tardar muchos meses (imposible de soportar por mi parte). Confírmame esto por favor ya que si es así tendré que ponerme a trabajar en otro sitio lo antes posible (para cobrar) y no esperaré a enero.
Por último mandarte un cordial saludo y no dudes que me haré con un ejemplar del libro que comentas que me parece muy interesante para este "marrón" y para futuros.
Puede que tarde poco en salir el juicio, pero no sabes si tu empresa puede recurrir la sentencia, aunque dudo que lo hiciera. O bien no te conceden la rescisión y entonces eres tú quien tiene que recurrir. En ese caso es cuando tarda mucho y mientras que no se resolviera no podrías cambiar de trabajo. Si lo hicieras perderías los 45 días, aunque no la deuda.
Si tienes posibilidades de cambiar de trabajo hazlo cuanto antes y a tu jefe actual le pones la reclamación de cantidad.

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