Pueden darle ¿Mi puesto a otra compañera durante mi baja laboral y cambiarme a mi mis funciones?

Llevo 10 meses de baja laboral por cáncer de mama. Llevo trabajando 16 años en la empresa con contrato indefinido y tengo el cargo de supervisora de telemarketing. Estoy finalizando mi periodo de recuperación y, hablando por teléfono con mi jefa, me indica que mis funciones las desarrollan ahora mismo otras personas y cuando me incorpore haré funciones distintas a las de antes de mi baja, en otra mesa con otras compañeras que, teniendo inferior categoría, compartirán conmigo esas mismas tareas al mismo nivel puesto que ellas ya las llevan desarrollando desde siempre. Alegan que han tenido que reestructurar el departamento para sacar adelante el trabajo en mi ausencia.

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Antes que nada, desearle una pronta recuperación.

Su caso es algo completo, por partes:

De un lado, sobre el reemplazo durante su baja. Es cierto que su baja es por un periodo largo y que la empresa tiene que seguir funcionando en su ausencia. Pero no menos cierto es que existe una modalidad contractual como el contrato de interinidad que puede ser usado para ocupar su puesto de trabajo en su ausencia, detallando al interino a quien sustituye y las causas de sustitución. Si ha decidido ocupar su puesto con otro trabajador, no lo veo mal siempre y cuando el trabajador que le sustituya lo haga durante su ausencia, y no más allá.

Sin embargo, sobre su vuelta. Usted tiene derecho a que le reserven el puesto de trabajo a su vuelta. Sólo no tendría derecho a ello si después de su IT pasa a una situación de Incapacidad permanente. Tenga en cuenta que:

1. Cualquier modificación en su puesto de trabajo debe ser acordado por las partes, siendo usted una de ellas.

2. El cambio en el puesto de trabajo deberá ser comunicado por el empresario. Entiendo que una llamada por teléfono no es comunicación bastante, sino que debe constar fehacientemente.

3. En caso de que a usted le trasladaran a un puesto de trabajo inferior al que venía desempeñando, (porque usted así lo consintiera), deberán mantenerle su retribución de origen, es decir, no le pueden retribuir conforme al nuevo puesto inferior, sino que debe cobrar lo mismo que cobraba en su puesto que ocupaba.

Si necesita asesoramiento jurídico más extenso o adecuado a su caso concreto, no dude en contactarnos a través de nuestra web.

Ruego valore la respuesta y cierre la pregunta.

Gracias por su respuesta.

Intuía que era una situación injusta, aunque efectivamente me mantienen el salario. A mí me gustaría recuperar mi puesto pero la empresa no ha hecho un contrato de interinidad sino indefinido para mi sustitución y ahora se encuentran con que alguien "sobra". Si no acepto mis nuevas funciones le pongo en una situación complicada y además me temo que no me pondrían las cosas fáciles, incluso podrían despedirme. Sin duda ahora todo ha cambiado por una mala gestión de la jefa de departamento y al final me tocará tragarme el orgullo que me releguen y asumir funciones que no corresponden con mi categoría profesional.

Si no acepto y me despiden en estas circunstancias, entiendo que sería improcedente, que determinaría la ley?

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