Rotura de rodilla y baja

Hola, me han operado de la rodilla y llevo todo el mes de baja, pertenezco al convenio de la siderometalurgia en Barcelona, y me han descontado este mes más del 25% del sueldo, ¿Quisiera saber si es legal? ¿Y si es así, si el mes que viene también me descontaran lo mismo o más?

Gracias por adelantado.

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Te contesto:

No conozco tu convenio colectivo, pero podrías preguntarle a los miembros del Comité de empresa los pormenores de las bajas por IT.

La ley con carácter general, salvo que tu convenio lo mejore, establece que:

-Si la baja no es por relación directa con el trabajo, cobrarás el 60% del día 4 al 20 y el 75% del día 21 en adelante.

-Si la baja es por culpa de accidente laboral o enfermedad profesional será del 75% desde el primer día.

No tenemos comité de empresa, ya que es una oficina técnica (una ingeniería) y no somos muchos trabajadores, quisiera saber si el descuento será igual el mes siguiente si sigo de baja, y tenía entendido que si la baja suponía una intervención quirúrgica no te descontaban nada, aprovecho para agradecer de nuevo la pronta respuesta a mi ignorancia, gracias.

He revisado tu convenio que caducaba en 2012 y no aparece nada sobre lo que me comentas de la intervención quirúrgica.

Si no dice nada, estamos a lo que diga la norma del Estado.

A partir del día 21 de baja 75% siempre, ya todos los meses. (Si la baja es por enfermedad o accidente no producido por el trabajo)

Si se ha producido por el trabajo que realizas será del 75% desde el primer día y durante todo el tiempo que dure la baja.

Un saludo estrella.

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