Despedido estando de baja

hola busco consejo por que me han despedido estando de baja por enfermedad común.

En mi caso llevo 3 meses de baja por una operación de desprendimiento de retina,

la empresa me a dado la carta de despido alegando que lleva 2 años con perdidas, pero solo me despiden a mi. En la carta viene mi finiquito por 8 años de servicio, pero debido a las

perdidas de la empresa dicen que solo tengo derecho a 20 días por año.¿ Me gustaría saber si eso es verdad si me corresponden 45 por despido improcedente?. La carta me la dan cuando decido no firmar las nominas de la baja puesto que yo no he cobrado las cantidades

reflejadas en ellas sino bastante menos.

2 Respuestas

Respuesta
1

Póngase inmediatamente en contacto con un abogado para que le asesore y presente una demanda por despido improcedente. Dese prisa porque sólo tiene 20 días.

Me pongo a su disposición si desea que lleve su caso. Póngase en contacto conmigo en [email protected]

Respuesta
1

Tu despido alegando causas objetivas por razones económicas es válido aunque estés de baja por incapacidad temporal ya que el que un trabajador esté de baja por IT no impide que sea despedido.

Ahora bien no se puede despedir a un trabajador alegando en la carta que es porque esta de baja porque sería nulo.

Si tienes clara que la razón por la que te echan es por represalia al no firmar tus nóminas denuncia en el Juzgado de lo social, tienes 20 días hábiles desde el despido.

La empresa tendrá que probar las causas económicas que alega para tu despido y porque te echa a tí y no a otro compañero. Un despido por razones económicas es para amortizar puestos de trabajo al no poder mantenerlos dada la situación que atraviesa la empresa.

Tiene que probar que tu despido ha sido la mejor opción para el mantenimiento de la empresa. Tu podrás aportar que te negabas a firmar las nóminas por ser inferiores a lo que te corresponde y esa es la razón para despedirte. El Juez podría reconocer el despido como improcedente y subiría a 45 días (33 para lo trabajado desde 12 de Febrero de 2012)

Si no quieres demandar tienes la opción de poner una reclamación de cantidad de las cantidades impagadas de tus nóminas en el Juzgado. Pero la indemnización a 20 días sería la correcta.

Un saludo. No te olvides de puntuar y si quisieras aprender con un buen curso de temática laboral, completo, actualizado, económico y de fácil comprensión cuenta con nosotros:

www.laborser.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas