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Querida amiga:
Es cierto que el tiempo máximo es de seis años. Puedes ejercitar tu derecho de acceso a dichos datos a ASNEF y así saber qué dudas exactamente son las que están inscritas. Si consideras que alguna no es conforme, puedes impugnarla.
UN saludo.
Respuesta
No. La deudas personales, salvo que los contratos establezcan otras cosas, prescriben a los 15 años.
Sin embargo, a los seis te tienen que borrar de ASNEF y por tanto, no aparecerás en las listas de morosos, aunque el acreedor pordrá reclamarte la deuda.

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