Contrato fin de obra
Buenos días.
Llevo trabajando oficialmente en una clínica de cirugía estética como enfermera desde el 14 de octubre de 2004 en el turno de noche, ¿con un sueldo en nómina de 1055? ¿Y 145? En negro.
¿Anteriormente a esa fecha hice algunas noches sueltas por las que me pagaban 75? (De 20:30 horas a 8:30 horas del día siguiente).
A partir del día 14 de octubre empecé a cobrar como si estuviera contratada, me comentaron que ya estaba dada de alta en la S.SOcial (?)(Yo no firmé nada), aunque el contrato como tal lo firmé el día 22 de ese mes.
En ese contrato se especificaba que mi horario sería de 22 a 8 horas y de L a DE, cuando desde un principio tenía un horario de 20:30 a 8:30 de L a V (60 horas semanales). Más adelante se me exigió que hiciera una hora de más (hasta las 9:30 horas), que era la hora de entrada de mi compañera, es decir, 65 horas semanales. ¿Tengo derecho a que me paguen esas horas de más?
Otra cuestión. El día 21 de este mes me llamó la administradora para decirme que el jefe le había dicho que me preparara el finiquito porque habíamos tenido una discusión muy fuerte y no quería que yo siguiera allí (nunca discutí con él), y me llegó un burofax con la carta de despido.
Creo que esta decisión vino motivada por lo siguiente: el viernes noche me quedé con dos cirugías que en principio estaban bien, pero una de ellas empezó a dar problemas durante la noche. Al día siguiente, en vez de salir a mi hora (las 10 en fin de semana), me habían pedido el favor de asistir a un cirujano que había alquilado uno de los quirófanos. Me quedé hasta las 14 horas. Estaba agotada de llevar casi 18 horas trabajando,... Y salí de Madrid a disfrutar de mi merecido fin de semana. Mi jefe me mandó un sms para decirme que quizá me necesitarían también esa noche del sábado porque la cirugía seguía molesta, y que si tenía algún problema que le respondiera por sms. Bien, le dije que estaba fuera de Madrid y que no podía ir y ahí quedó la cosa, hasta que el lunes recibí la llamada que le he comentado.
Mi pregunta es: aunque sea un contrato de fin de obra, ¿tengo derecho a que me preavisen del despido con anterioridad o pueden decirme el mismo día del despido que ya no vaya a trabajar? Y pueden justificar ese despido por disminución del numero de clientes internos, como ellos dicen, ¿cuándo no es cierto?
¿Tengo derecho a alguna indemnización por ello? ¿Y si es así de cuanto?
¿Tengo derecho a exigir que los días que oficialmente no estaba contratada me paguen los 75? ¿O tengo que cobrar lo que me corresponde por contrato?
Necesito saberlo con urgencia puesto que hoy tengo que ir a recoger mis papeles y mi finiquito y no quiero firmar nada sin tener estas cuestiones claras.
Espero que pueda atenderme lo antes posible.
Muchísimas gracias de antemano
Llevo trabajando oficialmente en una clínica de cirugía estética como enfermera desde el 14 de octubre de 2004 en el turno de noche, ¿con un sueldo en nómina de 1055? ¿Y 145? En negro.
¿Anteriormente a esa fecha hice algunas noches sueltas por las que me pagaban 75? (De 20:30 horas a 8:30 horas del día siguiente).
A partir del día 14 de octubre empecé a cobrar como si estuviera contratada, me comentaron que ya estaba dada de alta en la S.SOcial (?)(Yo no firmé nada), aunque el contrato como tal lo firmé el día 22 de ese mes.
En ese contrato se especificaba que mi horario sería de 22 a 8 horas y de L a DE, cuando desde un principio tenía un horario de 20:30 a 8:30 de L a V (60 horas semanales). Más adelante se me exigió que hiciera una hora de más (hasta las 9:30 horas), que era la hora de entrada de mi compañera, es decir, 65 horas semanales. ¿Tengo derecho a que me paguen esas horas de más?
Otra cuestión. El día 21 de este mes me llamó la administradora para decirme que el jefe le había dicho que me preparara el finiquito porque habíamos tenido una discusión muy fuerte y no quería que yo siguiera allí (nunca discutí con él), y me llegó un burofax con la carta de despido.
Creo que esta decisión vino motivada por lo siguiente: el viernes noche me quedé con dos cirugías que en principio estaban bien, pero una de ellas empezó a dar problemas durante la noche. Al día siguiente, en vez de salir a mi hora (las 10 en fin de semana), me habían pedido el favor de asistir a un cirujano que había alquilado uno de los quirófanos. Me quedé hasta las 14 horas. Estaba agotada de llevar casi 18 horas trabajando,... Y salí de Madrid a disfrutar de mi merecido fin de semana. Mi jefe me mandó un sms para decirme que quizá me necesitarían también esa noche del sábado porque la cirugía seguía molesta, y que si tenía algún problema que le respondiera por sms. Bien, le dije que estaba fuera de Madrid y que no podía ir y ahí quedó la cosa, hasta que el lunes recibí la llamada que le he comentado.
Mi pregunta es: aunque sea un contrato de fin de obra, ¿tengo derecho a que me preavisen del despido con anterioridad o pueden decirme el mismo día del despido que ya no vaya a trabajar? Y pueden justificar ese despido por disminución del numero de clientes internos, como ellos dicen, ¿cuándo no es cierto?
¿Tengo derecho a alguna indemnización por ello? ¿Y si es así de cuanto?
¿Tengo derecho a exigir que los días que oficialmente no estaba contratada me paguen los 75? ¿O tengo que cobrar lo que me corresponde por contrato?
Necesito saberlo con urgencia puesto que hoy tengo que ir a recoger mis papeles y mi finiquito y no quiero firmar nada sin tener estas cuestiones claras.
Espero que pueda atenderme lo antes posible.
Muchísimas gracias de antemano
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Respuesta de ahleal
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