Subvención vivienda, registro e hipoteca
Hace unos tres años compre una vivienda, para lo cual pedí un préstamo hipotecario como todo hijo de vecino. También solicite el tristemente famoso cheque vivienda de la Comunidad de Madrid. Después de más de dos años de ir y venir, presentar mil y un documentos y demás, me conceden la ayuda. Pero hay una condición, tengo que acudir al registro de la propiedad para que se incluya la siguiente nota marginal: "el adquiriente no podrá transmitir la vivienda por actos intervivos ni ceder su uso por ningún titulo, durante el plazo de cinco años desde la concesión de la subvención, sin recabar autorización de venta de la Dirección general de Arquitectura y Vivienda, previo reintegro de la subvención recibida con los intereses legales desde el momento de su percepción". Esto esta hecho ya. Pero ahora me asaltan las dudas, y revisando la escritura de la hipoteca, me encuentro lo siguiente como motivo de que el banco exija el pago de la cantidad restante, intereses, etc.: "... 3. Si se ingresasen en el Registro nuevas cargas, limitaciones, condiciones o actos dispositivos con prioridad registral con respecto a la hipoteca que se constituya o ..." ¿Puede el banco causarme problemas por esto? ¿Tiene prioridad registral la anotación hecha? Estoy francamente preocupado, nadie me advirtió de nada y no se si puede pasar algo.
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Respuesta de howy2
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