Vecinos morosos

Me gustaría saber donde hay que presentar la demanda contra vecinos morosos.
También sería deseable disponer de alguna demanda tipo para estas actuaciones.
Agradezco de antemano su interés.
Respuesta
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Según establece la vigente ley de Propiedad Horizontal, la demanda contra un moroso se debe presentar ante el juzgado del partido judicial en que se halle la vivienda.
Por lo que a la demanda se refiere, es sumamente sencilla ya que basta un encabezamiento en el que se identifique el presidente comunitario, que actúa en nombre de la comunidad de propietarios tal o cual, la identificación del moroso (+más los datos registrales del piso). Luego un cuerpo en el que se detalle la deuda y que se describan los intentos de cobro y finalmente la petición al juez de que le condene al pago de las cantidades adeudadas.
Es esencial aportar un acta de la junta de vecinos en la que se nombre presidente y en la que se le den poderes para demandar al vecino. Por otro lado y en el mismo acta es muy conveniente que se hagan constar las deudas que se le reclaman. Finalmente el último requisito consiste en aportar a la demanda las cartas por las que la comunidad intentó el acuerdo amistoso.
En fin. Confío en que esta información haya sido de tu interés.
Carlos Pérez
Administrador de fincas.

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