Derrama

En mi comunidad teníamos una derrama por obras que pagábamos en cuotas mensuales y ahora se ha aprobado en junta el pago de la derrama pendiente en un solo plazo (que para mi piso es de 4000 euros), que tengo que pagar en un mes y a la que me imposible hacer frente porque después de los gastos de hipoteca, prestamos personales, luz, agua, gas y comunidad me quedan unos 150 euros para vivir cada mes. Mi comunidad esta adscrita a las juntas de arbitraje y si no pago llevaran el tema ante las mismas. ¿Qué podría hacer para que no me obligasen a pagar todo de golpe y seguir pagando la derrama mensualmente como hasta ahora?

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Si el acuerdo se ha tomado con el quorum que establecen los estatutos de la comunidad, solo nos queda la impugnación del acuerdo ante la Junta Arbitral amparándonos en el art18- párrafo 1, c)de la Ley de Propiedad Horizontal, por suponer un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho. El plazo es de tres meses desde la adopción del acuerdo.
¿Es usted solo o hay más vecinos descontentos?. Siempre, si hay más vecinos, es interesante ir en bloque.
Por otra parte la comunidad ¿esta adscrita a las juntas de arbitraje contra sus propios miembros?.
Mi consejo es que sea usted el que acuda el primero a la junta de arbitraje alegando el cumplimiento por su parte del acuerdo anterior y el abuso que supondría la reforma de la forma de pago ya que si no lo afronta de un golpe le pueden embargar y ejecutar por impago de cuotas . Seria abusivo que pagando mensualmente
(Cont.)Debería obtener de la comunidad una certificación literal de la junta en cuestión, que aportará en la junta arbitral.
Tengo una copia del acta de la junta pero solo dice que se aprueba por mayoría el pago de la derrama, ¿tengo qué pedir que identifiquen a los propietarios que han votado a favor? En otras votaciones así lo han hecho.
Si la comunidad esta adscrita a las juntas de arbitraje contra sus propios miembros.
En efecto, conforme al art 19,2.f. El acta de la reunión deberá expresar los acuerdos adoptados, reformar el plazo del pago, y la indicación de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como las cuotas de participación que respectivamente representen.
Como la comunidad esta adscrita al las juntas de arbitraje contra sus propios miembros, debería usted acudir cuanto antes anticipándose a su comunidad, y como le expresé anteriormente si hay algún otro vecino disconforme, acudan todos juntos.
La causa es que el acuerdo supone un grave perjuicio para algún propietario, usted, que no tenga obligación jurídica de soportarlo, usted ya estaba abonando las cantidades acordadas, o se hayan adoptado con abuso de derecho, quien tiene liquidez paga y quien no tiene...
Tenga en cuenta que el pago no se puede demorar y por eso es mi prisa en que acuda cuanto antes al arbitraje.
No obstante seria interesante que siguiera ingresando en la cuenta de la comunidad la cantidad mensual que abonaba con anterioridad.

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