¿Contrato de obra?

Mi mujer ha comenzado en una empresa, en la cual le han hecho un contrato cuyo término no se indica, así como tampoco el objeto de la obra. Lo peculiar de la situación es que tras quince días trabajando en el concesionario como recepcionista comercial, nos enteramos de que íbamos a ser padres, fenomenal sorpresa ¿verdad?, pues no tanto para su Gerente. Este comienza a hacerle la vida imposible y ha comenzado a hacer entrevistas, suponemos que para sustituir a mi mujer. ¿Tiene derecho a rescindir el contrato porque sabe que está embarazada y como dice "eso para la empresa es una putada", argumentando que se finaliza la obra? ¿Si me presenta alguna carta de extinción del contrato debo firmarla o no? Infinitas gracias y un saludo.

2 respuestas

Respuesta
1
Obviamente no pueden rescindirle el contrato porque esté embarazada, por tanto seguro que darán cualquier otra excusa, si consiguen demostrar que esa el la causa real lléveles a jucio, cuando la despidan, y se verán obligados a readmitirla por nulidad del despido.
Respuesta
1
En principio el contrato de obra tiene que tener detallada la obra de tal forma que si no la tiene detallada y por el propio puesto no se deduce cierta temporalidad, se considera un contrato indefinido.
Ahora bien, revisa si está o no en periodo de prueba ya que el empresario puede quedar impune si la despide en esas condiciones.
Por otra parte te diré que si le comunica el embarazo y el gerente la despide por esa causa se puede considerar el despido como improcedente si se demuestra la relación.
La carta la debes firmar, revisa bien lo que firmas buscando clausulas que vayan en tu contra que den a entender que es baja voluntaria, etc. Revisa bien la fecha del despido y si esta todo en orden firmala.
Luego acude a un Graduado Social de tu ciudad y pon el caso en sus manos, si lo deseas ya que en este caso tienes todas las de ganar.
CUIDADO: tras el despido hay 20 días para reclamarlo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas