Alquiler de vivienda

Hola,
Hace 4 meses firmé un contrato por un año de alquiler de un estudio por 450 euros mensuales más 450 euros de fianza (que cubren los posibles daño materiales que le pueda ocasionar). Mis dudas son las siguientes.
- ¿Puedo exigir la devolución del 100 % de la fianza en caso que el estudio lo entregue en perfectas condiciones y a pesar de no haber permanecido un año?
- La dueña me dijo que ella paga cada tres meses a hacienda el IVA generado por mi contrato de alquiler, por lo tanto la última vez que pagó tres meses incluía mi último mes de alquiler y los dos próximos meses (los cuales ya no estaré). Dice que debo pagarle el IVA de esos dos meses (aunque le busque otro cliente inmediatamente)¿Tiene derecho a exigirme ese dinero?
Un saludo

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En principio decirte que en estos casos se actúa de la siguiente manera:
Aquí se da un incumplimiento contractual por tu parte, y de aquí se deriva lo siguiente:
El IVA no te lo debería exigir ya que a pesar de que ha pagado los 2 meses siguientes en los que no vas a estar, si le traes un nuevo inquilino el sería quien lo tuviese que pagar, lo que ocurre es que el IVA está pagado a tu nombre, y para asegurarse de no tener problemas con hacienda prefiere que lo pagues tu, aunque se podría amañar y que lo pagase el siguiente sin cambiar el nombre, aunque no se si es muy viable.
Por otro lado en principio la fianza si has dejado la casa en perfectas condiciones se te debería de devolver, pero como has incumplido el contrato, y por ello tienes una penalización de una mensualidad de renta por cada año que te quede de cumplir del contrato, y si te queda menos de un año se debe de prorratear, tendrías que pagarle 450 euros por 8 meses : 12 = 300 euros, como indemnización, con lo que el arrendador siempre para asegurarse el pago de la indemnización lo que hará es descontártelo de la fianza a devolverte, con lo que te tendría que devolver solo 150 euros de la fianza.
Esto se hace así porque si no si te devolviese la fianza en su totalidad, y luego le tuvieses que pagar la indemnización, muchas veces ocurre que se devuelve la fianza, y luego no se paga la indemnización, y así el arrendador se asegura el cobro.
Saludos, mi recomendación es que lleguéis a un acuerdo con el IVA, y te devuelva los 150 euros.

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