Fianza en el arrendamiento

Según la ley de arrendamientos urbanos, la fianza para el alquiler de una vivienda habitual será de 1 mensualidad. En mi caso concreto la fianza ascendió a TRES mensualidades. ¿Está obligado el propietario a depositar la fianza en el IVIMA u otro organismo oficial y facilitarme una copia de la documentación que así lo acredite de cara a la presentación de mi declaración de la renta del año que viene? ¿Puedo exigir que se me devuelvan las dos mensualidades de más que se me han hecho pagar como parte de la fianza?
Gracias

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No hace falta que desposite la fianza porque si en el contrato figura la cantidad ya tienes el justificante por si lo necesitaras para la renta.
Si en el contrato has firmado tres mensualidades de fianza, no puedes exigir que te la devuelvan porque rige primero la voluntad de las partes y luego lo estipulado en la LAU

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