Indemnización
Hola .
;i empresa va a ser trasladada de la provincia de paencia a Cordova en diciembre.
Yo firme un papel en el que me comprometía a ir a córdoba a enseñar a los nuevos hasta diciembre como máximo y la empresa me pagaría una indemnización de 45 días en vez de los 20 que me corresponden.
El caso es que estoy de baja por un accidente domestico, desde el 25 de julio y no se si cogeré el alta antes de que acabe este año.
Quería saber si en caso de no poder baja a córdoba, por no tener el alta tendría derecho a cobrar los 45 días, o por el contrario le empresa podría no pagarlo ya que no he ido a córdoba, aunque haya sido por mi accidente .
También como mis vacaciones eran en agosto y estaba de baja que pasaran con ellas, en caso de que acabe el año de baja, y también en caso de que el mes de diciembre tuviese el alta.
Gracias
;i empresa va a ser trasladada de la provincia de paencia a Cordova en diciembre.
Yo firme un papel en el que me comprometía a ir a córdoba a enseñar a los nuevos hasta diciembre como máximo y la empresa me pagaría una indemnización de 45 días en vez de los 20 que me corresponden.
El caso es que estoy de baja por un accidente domestico, desde el 25 de julio y no se si cogeré el alta antes de que acabe este año.
Quería saber si en caso de no poder baja a córdoba, por no tener el alta tendría derecho a cobrar los 45 días, o por el contrario le empresa podría no pagarlo ya que no he ido a córdoba, aunque haya sido por mi accidente .
También como mis vacaciones eran en agosto y estaba de baja que pasaran con ellas, en caso de que acabe el año de baja, y también en caso de que el mes de diciembre tuviese el alta.
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