Desistimiento de un arrendamiento
Estimado Experto:
Antes de nada, me gustaría agradecerle su respuesta y el tiempo y atención prestadas a mi consulta.
La cuestión es que hace poco he conocido a un grupo de estudiantes Erasmus y como estudiante de Derecho uno de ellos me hizo una consulta legal y no supe contestar con exactitud, espero que usted me pueda ayudar.
Se trata de un grupo de estudiantes que han arrendado una vivienda por un año, y quien me hizo la consulta quiere dejar el piso para irse a otro más cercano a la universidad, y me preguntaba si podía hacerlo. (La vivienda NO está calificada como vivienda universitaria que tienen una regulación legal diferente)
Mi respuesta: Nadie está obligado a cumplir un contrato de arrendamiento contra su voluntad, así que puedes irte del piso, pagando la parte proporcional por los meses de incumplimiento de contrato, en relación de indemnización de un mes por año de incumplimiento. Salvo que en el contrato se disponga otra cosa. (Que lo tengo que mirar).
Pero mis duda son: ¿Es correcta mi respuesta? Se pueden oponer los co-arrendatarios al desisitiento de esta persona, ¿o en su caso pedir indemnización por los perjuicios de su desistimiento? ¿Cuánto es el tiempo de preaviso con que se ha de informar del desistimiento al arrendador?
Le agradezco nuevamente su tiempo y esfuerzo.
Un Saludo.
Antes de nada, me gustaría agradecerle su respuesta y el tiempo y atención prestadas a mi consulta.
La cuestión es que hace poco he conocido a un grupo de estudiantes Erasmus y como estudiante de Derecho uno de ellos me hizo una consulta legal y no supe contestar con exactitud, espero que usted me pueda ayudar.
Se trata de un grupo de estudiantes que han arrendado una vivienda por un año, y quien me hizo la consulta quiere dejar el piso para irse a otro más cercano a la universidad, y me preguntaba si podía hacerlo. (La vivienda NO está calificada como vivienda universitaria que tienen una regulación legal diferente)
Mi respuesta: Nadie está obligado a cumplir un contrato de arrendamiento contra su voluntad, así que puedes irte del piso, pagando la parte proporcional por los meses de incumplimiento de contrato, en relación de indemnización de un mes por año de incumplimiento. Salvo que en el contrato se disponga otra cosa. (Que lo tengo que mirar).
Pero mis duda son: ¿Es correcta mi respuesta? Se pueden oponer los co-arrendatarios al desisitiento de esta persona, ¿o en su caso pedir indemnización por los perjuicios de su desistimiento? ¿Cuánto es el tiempo de preaviso con que se ha de informar del desistimiento al arrendador?
Le agradezco nuevamente su tiempo y esfuerzo.
Un Saludo.
1 Respuesta
Respuesta de Blas ..
1