Desistimiento de un arrendamiento

Estimado Experto:
Antes de nada, me gustaría agradecerle su respuesta y el tiempo y atención prestadas a mi consulta.
La cuestión es que hace poco he conocido a un grupo de estudiantes Erasmus y como estudiante de Derecho uno de ellos me hizo una consulta legal y no supe contestar con exactitud, espero que usted me pueda ayudar.
Se trata de un grupo de estudiantes que han arrendado una vivienda por un año, y quien me hizo la consulta quiere dejar el piso para irse a otro más cercano a la universidad, y me preguntaba si podía hacerlo. (La vivienda NO está calificada como vivienda universitaria que tienen una regulación legal diferente)
Mi respuesta: Nadie está obligado a cumplir un contrato de arrendamiento contra su voluntad, así que puedes irte del piso, pagando la parte proporcional por los meses de incumplimiento de contrato, en relación de indemnización de un mes por año de incumplimiento. Salvo que en el contrato se disponga otra cosa. (Que lo tengo que mirar).
Pero mis duda son: ¿Es correcta mi respuesta? Se pueden oponer los co-arrendatarios al desisitiento de esta persona, ¿o en su caso pedir indemnización por los perjuicios de su desistimiento? ¿Cuánto es el tiempo de preaviso con que se ha de informar del desistimiento al arrendador?
Le agradezco nuevamente su tiempo y esfuerzo.
Un Saludo.

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Tu respuesta es correcta, y los demás no se pueden oponer, ya que no se les causa un daño en el caso de que pague la indemnización correspondiente por lo que le quede de cumplir el contrato, ya que el arrendador por el hecho de que se vaya uno, no tiene derecho a incrementar la renta a los demás ya que ya ha cobrado su correspondiente indemnización por el desistimiento previo de uno de los inquilinos.
Tiene que avisar en todo caso con al menos un mes de antelación.
Muchísimas gracias, le agradezco la rapidez en su respuesta, así como la precisión a la hora de responder a mis cuestiones.
Un Saludo.

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