Extinción de condominio

Buenas tardes:
Compramos una vivienda en 1994 entre mis padres y mi esposo y yo, 50% cada pareja. Este año hemos puesto la vivienda a nombre de mis padres y ante notario hemos echo una extinción de condominio. Mi pregunta es la siguiente. ¿Se considera ganancia patrimonial esta operación? ¿Si es así debo declararla en renta el año que viene?.
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Entiendo que no. Antes tenías un 50% del piso, y ahora tendrás el 50% del dinero del piso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas