Consecuencias reprobar gestión

¿Qué consecuencias traería la reprobación de la gestión de la junta directiva de una asociación sin animo de lucro? ¿Puede la asamblea general revocar los acuerdos de la junta directiva aun si los estatatutos dan capacidad a la junta directiva para tomar dichos acuerdos?

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Me alegra me hayas preguntado...
Si puede, la Asamblea es el máximo órgano y tiene esa facultad, si así es decidido por la mayoría de la misma. Sin embargo por lo general en los estatutos siempre se establecen causales de revocación de la Junta Directiva y lo adecuado para evitar procesos es justificar la revocación en una de esas causales, lo cual debe de quedar establecido en el acta de la sesión de la Asamblea General. Las consecuencias de la revocación son varias: desde el nerviosismo de los miembros de la asociación hasta la inestabilidad de la misma al igual que de las instituciones que se relacionan. Por otro lado, también esto ocasiona la creación de un comité o comisión de traspaso que recae en atraso del trabajo cotidiano. Este es un tema bastante delicado porque se debe de pensar que se puede ocasionar la renuncia de la asociación de los miembros revocados, lo cual nunca es bueno. La estrategia que yo te recomiendo es la siguiente: Que la Asamblea General plantee la necesidad de la reforma de los estatutos para que se incluya un procedimiento adecuado y se incluyan causales clara por las cuales los miembros de la Junta Directiva tenga que renunciar, de lo contrario podrán ser retirados del cargo. Espero te sirva... y por favor, cuéntame como resultó todo...
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Si los estatutos dan capacidad a la junta para tomar acuerdos es muy difícil revocarlos y la revocación tendría los mismos requisitos que los necesarios para el cambio de los estatutos.
En cuanto a las consecuencias de la reprobación de la gestión de la junta, va en función del medio que se use, si es por votación, la consecuencia será que se deberá elegir otra junta, si se hace vía judicial, depende de si se gana o se pierde. De todos modos, la regulación del funcionamiento tiene que estar recogida en los estatutos de la asociación, así como los motivos de cese de la junta

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