Obra en terraza

Quisiera plantearles la siguiente cuestión.
Soy propietaria en un edificio de 24 apartamentos. Los apartamentos de la planta baja constan todos de unas terrazas de unos 30 metros cuadrados y las plantas superiores tienen una terrazas de unos 10 metros, pues éstas están retranqueadas respecto a las de la planta baja. En la escritura no consta específicamente si las terrazas son privativas o si por el contrario el derecho que se tiene sobre ellas es únicamente el de uso y disfrute. Doy este dato porque el propietario de uno de los apartamentos de la planta baja ha acometido, sin consulta ni permiso previo a la comunidad de propietarios, una obra en la cual ha ganado dos metros a la terraza, modificando los muros exteriores de su vivienda y desplazándolos dos metros más allá. Este propietario, pese a mantener el color de los muros, ha modificado el aspecto de la fachada pues se nota la obra y ha roto el perfil de la misma pues su fachada sobresale dos metros por encima de la de los vecinos. Por otra parte, la obra ha supuesto ganarle a su vivienda unos 10 metros cuadrados a costa de la terraza, sin permiso ni modificación de coeficientes ni nada; pasando de tener 40 metros de dependencias (cuadrados, se entiende) y 25 de terraza a tener 50 de vivienda y 15 de terraza, con lo cual, la variación es notable. Algunos de sus vecinos nos sentimos agraviados ya que ha acometido las obras sin consentimiento, ha modificado elementos comunes y se ha aprovechado de metros de su terraza (aunque en este último caso insisto en que no estamos seguros del carácter de las mismas). Los vecinos nos preguntamos si dicha actuación es susceptible de ser denunciada y/o demandada.

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En primer lugar, decirte que si en tu escritura no consta ni queda descrita la terraza como parte de tu propiedad, entiendo que se trata de un elemento común del que tienes (y tienen el resto de condueños) el uso y disfrute.
Por supuesto que es denuciable la tropelía que ha cometido el vecino del que hablas. No puede llevar a cabo ninguna obra que rompa la configuración del edificio sin contar con el acuerdo de la junta de propietarios, en cuyo caso necesitaría unanimidad.
Debéis convocar una junta urgente; la puede convocar el Presidente o la 1/4 parte de los propietarios que forman la comunidad. En la convocatoria debe constar como punto del orden día la TOMA DE DECISIONES RESPECTO DE LA OBRA EJECUTADA POR EL PROPIETARIO DEL (PISO) SIN CONSENTIMIENTO DE LA JUNTA. ACUERDOS.
Me imagino que estaréis todos en contra de dicha obra por cuanto se trata de un abuso de su derecho. A continuación debéis acordar enviarle (el Presidente)un buró-fax con acuse de recibo y certificado de texto requiriéndole para que reponga los elementos comunes a su estado original, o de lo contrario se le demandará en vía judicial (también se puede poner denuncia ante el ayuntamiento porque posiblemente haya ejecutado la obra sin licencia, y porque se trata de una obra ilegal)
Consejo, el tiempo es fundamental, si no os "moveis" es como si estuvieseis otorgando un consentimiento tácito.
Hola,
Muchas gracias por la celeridad en responder. Habría que aclarar una cosa: la escritura no aclara el carácter (totalmente privativo o no) de las terrazas, pero sí son terrazas privadas, es decir, son terrazas individuales que disfrunta cada uno. En cualquier caso, la modifiación de elementos comunes (fachada) es clara y notoria. Una última cuestión: si por el motivo que fuere la junta de propietarios desestimara la acción judicial, ¿puede uno o varios vecinos, a titulo particular, interponer demanda por obras inconsentidas? Y otra cosa más, ¿tenemos derecho a que el ayuntamiento nos informe de si la obra ha sido ejecutada con o sin licencia?
Gracias nuevamente y un cordial saludo
Volviendo a las terrazas, si estas aparecen en las escrituras, como parte integrante de la propiedad significa que es privativa. Pero eso tampoco tiene importancia de cara al problema que teneis; un propietario ha llevado a cabo obras que alteran ´la configuración del edificio sin consentimiento alguno por parte de la comunidad.
La acción judicial debería ser incoada por acuerdo de la comunidad, ya que es la plenamente legitimada para este tema. Además parece impensable que en junta no se llegase al acuerdo de oponerse a esas obras, y requerir al propietario /ó demandarle. En ese caso, me temo que vuestra comunidad se tornaría un caos ya que cualquier otro propietario podría animarse a llevar a cabo otra obra ilegal.
Una pregunta; ¿No tenéis administrador de fincas? En estos casos suele ser casi imprescindible contar con un buen profesional que asesore y guie los pasos a seguir.
Otra pregunta; ¿La obra que hizo tu vecino ha invadido suelo publico del Ayuntamiento? Porque en ese caso, tenéis un argumento extraordinario para denunciar en vía administrativa.
Otro saludo
Hola nuevamente.
En respuesta a su pregunta: No, no ha invadido suelo público; toda la obra se inscribe en los límites que pertenecen al edificio. En cualquier caso, sus puntos de vista me han resultado muy útiles y los tendremos en cuenta a la hora de preparar la estrategia. Le quedo muy reconocida.
Cordialmente

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