En palabras sencillas aquellas materias que solo pueden ser reguladas por ley y que normalmente vienen fijadas en la Constitución de un País. Como Vd. sabe las leyes emanan del legislativo, pero el ejecutivo= el Gobierno tiene facultades para legislar "con rango inferior a ley". Por ej. con Franco se decía que en España solo se legislaba "por Decreto", era muy frecuente leer en el texto legal: "este aspecto (el que fuera) se regulará por Decreto". Pues bien, el Gobierno dicta Decretos... y Reglamentos para desarrollo de la Ley. El problema se plantea muy frecuentemente cuando el Reglamento "llega más lejos" que lo que establece la Ley o la reinterpreta. El caso más típico son los impuestos (que han de regularse por Ley=reserva legal). Esto no es nuevo. Las guerras de los comuneros (Padilla, Bravo, Maldonado) contra Carlos V fue porque el futuro emperador, entonces tenia 18 años, venia de Flandes y ni siquiera hablaba español, estableció unos impuestos nuevos sin contar con las Cortes de Castilla que tenían, por ley, "por reserva legal" la facultad para establecerlos. Naturalmente, les costó la vida.