Prestación desempleo certificado empresa

Estimados Sres/ras,
Mi situación es la siguiente, después de una baja laboral voluntaria, empecé a trabajar en una empresa con un contrato de meses, el cual finaliza en Mayo, tengo más de un año acumulado de trabajo sin cobrar paro, y me gustaría que ne dijeran lo siguiente.
¿Cuándo termine mi contrato de duración podría cobrar la prestación por desempleo?
Existe la opción de que la empresa me ofrezca renovar, y mi intención es la de no renovar para cobrar el paro, si ella me ofreciera dicha renovación yo la rechazara, ¿tendría qué llegar a un acuerdo con la empresa? ¿Y qué en el certificado de empresa me pusieran que ellos no me renuevan? ¿Dicho certificado me lo tiene que dar a mi y firmarlo yo?
Me explico yo podría llegar a un acuerdo para que no me pusieran el que yo no quise renovar, pero me podrían hacer un mala jugada diciendo al inem que yo fui el que no quise renovar.
¿El certificado de empresa a finalizar el contrato te lo tienen que dar al trabajador y fírmalo el mismo?

3 Respuestas

Respuesta
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Acabo de contestarte, pero te puntualizaré algo con esta pregunta.
La empresa al finalizar el contrato debe darte el certificado de empresa, en este aparecerá indicado el motivo de la finalización.
Podrías tratar de hablar con ellos para ver cual es su intención y plantearles la tuya, si no están de acuerdo no debes dar tu baja voluntaria, y continuar hasta que no te renueven o despidan.
Respuesta
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Si te vas voluntariamente de la empresa, no tienes derecho al desempleo, pues a la hora de finalizar el contrato, las empresas tienen que poner la causa del fin del contrato y, entre ellas, está la de no renovación por solicitud del trabajador y esto supone perder el paro.
El certificado de empresa lo que consta son los últimos seis meses cotizados, firmados por la empresa y donde se hace constar la razón por la que se acaba el contrato, tal como expongo en el párrafo anterior. Ese certificado tiene que firmarlo ambos, empresa y trabajador, pues la empresa tiene que tener el justificante de habértelo entregado.
Si te quieres ir voluntariamente, vas a tener que tratarlo claramente con la empresa para que te señalen como causa de extinción del contrato, la extinción del tiempo convenido y no que no quisieras renovar, pues te perjudicaría en este último caso.
Finalmente, para poder percibir el desempleo es necesario tener cotizados 365 días, de los cuales hasta ahora se ha exigido que los últimos 6 meses estén cotizados ininterrumpidamente.
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1- Sí.
2- No. El certificado sólo dice el tiempo que has cotizado y la cantidad. Tú no tienes que firmar nada. Es un modelo preestablecido por el INEM.
3- Si se ponen tontos en cuanto a renovación tú te puedes poner MUY tonto, por ejemplo, en cuanto a incumplimientos de convenio, prevención de riesgos y sobre todo diciendo que si renuevas denunciarás por contrato temporal en fraude de ley (que seguro que lo está) y te quedarás como indefinido... tienen las de perder.

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