¿Se consideraría preterición?
Mi padre biológico falleció habiendo otorgado testamento, en el cual nos nombraba herederos universales a mi y a otros dos jóvenes por terceras e iguales partes. Digo padre biológico porque legalmente soy hijo de otro señor (llevo un apellido que no es el del testador). Mi padre biológico era soltero, sin hijos reconocidos, y por lo tanto yo figuro en el testamento como heredero voluntario.
En el testamento se recoge lo siguiente: "En caso de preterición total o parcial, errónea o intencional, el preterido o preteridos no recibirán más de lo que por legítima estricta determine el Código Civil".
Estoy barajando la posibilidad de interponer una demanda de paternidad postmórtem, puesto que poseo las pruebas necesarias para acreditar la paternidad. En ese caso, ¿podría la cláusula de los preteridos aplicárseme a mí?
En caso de interponer la demanda y obtener una sentencia favorable, ¿cómo se vería afectado el reparto de la herencia?
A grandes rasgos esas son las dos grandes dudas.
En el testamento se recoge lo siguiente: "En caso de preterición total o parcial, errónea o intencional, el preterido o preteridos no recibirán más de lo que por legítima estricta determine el Código Civil".
Estoy barajando la posibilidad de interponer una demanda de paternidad postmórtem, puesto que poseo las pruebas necesarias para acreditar la paternidad. En ese caso, ¿podría la cláusula de los preteridos aplicárseme a mí?
En caso de interponer la demanda y obtener una sentencia favorable, ¿cómo se vería afectado el reparto de la herencia?
A grandes rasgos esas son las dos grandes dudas.
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Respuesta de juanhito
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