Contrato de piso

Hola, mi pregunta es la siguiente. Tengo un contrato firmado junto con mi compañera de piso hasta abril del 2009, ahora ella me dice, ¿qué deja el piso y que como me lo dice con un mes de antelación no le puedo reclamar nada.Es eso cierto? ¿O puedo denunciarla junto con el dueño del piso por incumplimiento de contrato? ¿Gracias.

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Pues depende de la duración que hayáis pactado por el arrendamiento. Si no se ha estipulado nada, es por un año renovable hasta los cinco. En cuanto al desistimiento, el art. 11 de la ley señala que para contratos celebrados con una duración superior a cinco años, podrá desistirse del mismo siempre que se notifique con al menos dos meses de antelación. En caos ocntrario, como parece, podéis exigir el cumplimiento total del contrato o bien la indemnización correspondiente a las mensualidades que resten para finalizar el contrato.
Por tanto, puedes demandarla para el cumplimieto del contrato de arredamiento junto al arrendador

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