Hola de nuevo.

Hola! Hace unos meses me ayudaste mucho y quería consultarte otra cosilla a ver si me puedes explicar un par de cositas.
Son dos temas distintas:
1-Si me hago pareja de hecho con mi novio, y por cualquier cosa, fallece uno de los dos, sin haber testamento.
¿Qué ocurre con los bienes que tenemos cada uno a nuestro nombre?
¿Se los quedan nuestras respectivas familias?
¿Qué se debería hacer para que fuésemos los beneficiarios el o yo?
¿Los hereda el cónyuje si estamos inscritos como pareja de hecho?
2-La otra pregunta es referente a una herencia que le ha quedado a mi madre y a sus hermanos.
Tienen todo bien, hicieron todo lo que había que hacer etc
Ahora les sale una cantidad a cobrar a cada uno, pero en esa cantidad, se incluyen unos pisos que hay que vender.
¿Cómo se suele hacer esto? ¿Se paga solo la parte de la herencia que sea "efectiva" en el momento y luego el resto cuando se vendan los pisos?
¿Qué cantidad se paga en la comunidad de madrid a hacienda o de lo que sea de esa herencia?
Muchísimas gracias.
(xxxxxx)

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Son dos temas de derecho de sucesión (que no es mi especialidad), por eso no quisiera aconsejarte mal; sería conveniente que lo consultes con un especialista. En cuanto a lo de tu novio, si sois pareja de hecho registrada, en principio cabrían las mismas posibilidades que si fuerais matrimonio. En todo caso, siempre es más seguro dejar por escrito vuestra voluntad (aqsí no caben otras interpretaciones por parte de nadie).
En cuanto a los pisos, efectivamente, deben venderlos y después de pagar los gastos repartir el dinero.

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