Reclamación canal satélite digital

En Junio del año 2002 me di de baja por teléfono de canal satélite digital.
Cual es mi sorpresa que a día de hoy me están reclamadando una deuda de 400 euros (300 por no entregar el decodificador y el resto de 2 mensualidades). La deuda se la han pasado a una empresa de abogados . Esta empresa me esta llamando cada dos por tres. Hoy precisamente me han comentado que desde enero estoy en la lista de impagados ASNEF. El decodificador lo devolví a un distribuidor autorizado pero ha pasado tanto tiempo que no encuentro el papel de recogida. Ademas me amenazan con llevarme a juicio. He leído en internet y como mi caso hay miles. ¿Qué puedo hacer? En caso de que me lleven a juicio y perdiese tendría que pagar costes judiciales o por el contrario como he leído por una deuda menor de 900 euros no tiene costes. ¿Es verdad que después de 5 años prescribe la deuda o tiene que pasar 15 años.
Que solución me puedes dar para este tema ya que me veo totalmente indefenso y he leído tanto en internet que no se lo que es cierto y lo que no lo es ya que cada uno dice una cosa
saludos
Javier
Respuesta
1
En primer lugar lo que deberías de hacer es una Reclamación ante la OMIC, Oficina de consumo del lugar donde vives, y dar parte y explicación de lo sucedido.
Lo segundo es dirigirte a la empresa, Canal Satélite Digital para efectuar un Reclamación ante ellos, vía burofax o carta con acuse de recibo.
Lo tercero, dirigirte al ASNEF, explicando y solicitando la retirada de tus datos en dicho registro por no tener deuda con la anterior empresa. En este caso debes adjuntan la carta. E invocar en el escrito que efectúes al Asnef, la Ley Orgánica de Protección de datos, puesto que la deuda que te reclaman es objeto de litigio, puesto que tú no la reconoces.
Lo cuarto, y más importante, dirigirte a la empresa de recobros indicando los extremos anteriores.
No te preocupes por las costas judiciales, normalmente los procedimientos que inician este tipo de empresas lo son mediante procedimientos monitorios, mediante requerimiento judicial de dicha cantidad a reclamar. Ahora bien, si caben costas en el caso que en el momento de la notificación de dicho requerimiento no te opones a dicho procedimiento o no pagas la deuda en el caso que haya problemas.
Por otro lado, la asistencia de abogado y procurador según la LEC en procesos que no excedan de 900 euros no es preceptiva, es decir, te puedes defender tu mismo, ahora bien esto no obsta a que el Juez aprecie temeridad y mala fe y las imponga.
Para evitar esto, los pasos que te he indicado antes deberías realizarlos, siendo los mismo una prueba fehaciente de tu buen hacer.
Muchas gracias por tu pronta respuesta pero tengo dudas.
Cuando me dirija al ASNEF que carta es la que debo adjuntar al escrito, la que he recibido de notificación del ASNEF que me dice que estoy incluido en sus ficheros
Con respecto a La Ley de proteccionde Datos han cometido delito por transmitir mis datos canal satélite a la empresa de abogados o se pueden decir que mis datos lo han sacado por ejemplo de la guía telefónica que esta al uso publico.
No entiendo muy bien lo de las costa. Quiere esto decir que si tengo una citación judicial puedo pagar la deuda antes de asistir a juicio o que primero me reclaman la cantidad vía judicial.
Seria conveniente que le pidiese a la empresa de abogados que m enviase las facturas que me quieren cobrar ya para recibir un pago primero tendrán que presentar la factura
saludos
Saludos
Perdón por el retraso.
La carta que debes adjuntar es la que envíes a la operadora del canal satélite.
No hay delito, en principio existe una deuda. Debes intentar acreditar que tienes un conflicto con dicha operadora, y por ello no pagas.
No hay costas en principio. Lo que te indicaba es que este tipo de empresas suelen
reclamar mediante procedimientos monitorios. Lo que te aconsejo, intuyendo lo sucedido es que cuando recibas una notificación judicial, y este sea un procedimiento monitorio, te opongas en el plazo concedido de 20dias.
Si quieres ir tu solo, no hay problema por ser una deuda inferior a 900 euros no necesitas abogado o procurador. Ahora bien, eso no implica que el Juez pueda imponertelas a ti, en el caso de apreciar mala fe en el impago. ( Costas de la otra parte )

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