Resolución contrato compra venta de vivienda
Soy nuevo en este foro y la verdad que loco por buscar una solución vine a parar aquí.
Bien, mi situación es la siguiente, hace ya casi dos años compre una vivienda y están a punto de entregárnosla, pero la situación económica ya no es la misma, mi pareja se encuentra en E.R.E y yo por suerte aun mantengo el trabajo (no tenemos los ingresos de antes).
Ante esta situación se nos plantea el problema que cuando tengamos que hacer frente a la hipoteca no vamos a poder pagarlo, o si pagarla pero no poder vivir dignamente (tendremos que vivir para trabajar, esclavizados) y por consiguiente queremos resolver el contrato, cuya cláusula 9ª dice:
Ante el incumplimiento por parte del COMPRADOR de su obligación de pago de cualquiera de los plazos del precio aplazado o la incomparecencia al acto de otorgamiento de escritura publica de compraventa o la negativa a otorgarla. El VENDEDOR podrá optar por exigir su cumplimiento o por la resolución del contrato, que se producirá de pleno derecho con la sola declaración del VENDEDOR...
Asimismo, se pacta expresamente, que ejercitada la resolución del contrato, EL COMPRADOR perderá en benefio de XXXXX el 10% de las cantidades que debiera haber hecho satisfechas hasta el momento del requerimiento, y ello en concepto de clausula penal por incumplimiento, así como los gastos e impuestos que correspondan.
Bueno, hasta el día de hoy cumplimos íntegramente con los pagos
Las cuestiones son las siguientes
Contando que la situación económica no es la misma y ya no nos interesa la vivienda
¿Cómo podría resolver el contrato?, hablado con la jefa de zona de la promotora, manifiesta que no resuelven ningún contrato.
¿Hasta qué punto me podrían exigir el cumplimiento?
¿Qué cantidad podría perder (llevo entregado unos 38.000)?
¿El dejar de pagar seria una opción para la resolución del contrato o no escriturar o seria peor?.
Bien, mi situación es la siguiente, hace ya casi dos años compre una vivienda y están a punto de entregárnosla, pero la situación económica ya no es la misma, mi pareja se encuentra en E.R.E y yo por suerte aun mantengo el trabajo (no tenemos los ingresos de antes).
Ante esta situación se nos plantea el problema que cuando tengamos que hacer frente a la hipoteca no vamos a poder pagarlo, o si pagarla pero no poder vivir dignamente (tendremos que vivir para trabajar, esclavizados) y por consiguiente queremos resolver el contrato, cuya cláusula 9ª dice:
Ante el incumplimiento por parte del COMPRADOR de su obligación de pago de cualquiera de los plazos del precio aplazado o la incomparecencia al acto de otorgamiento de escritura publica de compraventa o la negativa a otorgarla. El VENDEDOR podrá optar por exigir su cumplimiento o por la resolución del contrato, que se producirá de pleno derecho con la sola declaración del VENDEDOR...
Asimismo, se pacta expresamente, que ejercitada la resolución del contrato, EL COMPRADOR perderá en benefio de XXXXX el 10% de las cantidades que debiera haber hecho satisfechas hasta el momento del requerimiento, y ello en concepto de clausula penal por incumplimiento, así como los gastos e impuestos que correspondan.
Bueno, hasta el día de hoy cumplimos íntegramente con los pagos
Las cuestiones son las siguientes
Contando que la situación económica no es la misma y ya no nos interesa la vivienda
¿Cómo podría resolver el contrato?, hablado con la jefa de zona de la promotora, manifiesta que no resuelven ningún contrato.
¿Hasta qué punto me podrían exigir el cumplimiento?
¿Qué cantidad podría perder (llevo entregado unos 38.000)?
¿El dejar de pagar seria una opción para la resolución del contrato o no escriturar o seria peor?.
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Respuesta de calerin