Juicio de faltas por fotos
Hace unos días me contestó muy amablemente sobre un juicio de faltas, concretamente sobre mi hijo por fotografiar a una dependienta con el móvil, el denunciante es Guardia Urbana de Barcelona o eso es lo que pone en el papel que le dieron.
Usted me contestó que la policía local se limita a elaborar el atestado recogiendo la denuncia de un particular, no asumen condición de acusación, luego es precisa denuncia de la persona ofendida...(que en caso de mi hijo no hay ya que el denunciante es la guardia urbana)
Resulta que tambien habia leido en otro foro otros casos en que la policía municipal realiza el atestado y no acusa, pero inmediatamente lo mandan al juzgado competente quien se encarga de darle traslado al ministerio fiscal (acusación pública) y a la perjudicada, por lo que es probable que se celebre el juicio de faltas. ¿Seria correcto esto? (Disculpe si es una barbaridad al igual esto que he leido lo he interpretado mal pero lo he entendido asi)
Usted me contestó que la policía local se limita a elaborar el atestado recogiendo la denuncia de un particular, no asumen condición de acusación, luego es precisa denuncia de la persona ofendida...(que en caso de mi hijo no hay ya que el denunciante es la guardia urbana)
Resulta que tambien habia leido en otro foro otros casos en que la policía municipal realiza el atestado y no acusa, pero inmediatamente lo mandan al juzgado competente quien se encarga de darle traslado al ministerio fiscal (acusación pública) y a la perjudicada, por lo que es probable que se celebre el juicio de faltas. ¿Seria correcto esto? (Disculpe si es una barbaridad al igual esto que he leido lo he interpretado mal pero lo he entendido asi)
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Respuesta de frigilis
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