Heredar deudas

Hola, mi pregunta es:mi padre tiene una deuda y tiene una cáncer terminal, la deuda es un préstamo personal del cual se debe una cantidad importante, las herederas somos mi hermana y yo y mi madre usufructuaria de todo, en esa herencia solo figua la deuda y el piso en el cual vive mi madre y esta puesto a nombre de los dos(de mi madre y de mi padre), se que podemos renunciar a la herencia, pero si hacemos eso, ¿pueden embargarle el piso a mi madre? ¿Cómo podemos salvar el piso? ¿Se lo puede ceder mi padre? ¿Mi madre tendría que hacerse cargo de la deuda? El préstamo solo esta a nombre de mi padre y el piso no esta de aval, agradeciéndote mucho tu ayuda

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La parte de tu madre, en principio no la pueden embargar, por ser un préstamo que sólo afecta a tu padre, por tanto el proceso lógico sería que el acreedor embargase la parte de vuestro padre y una vez se adjudique la propiedad en la posterior subasta (ya que seguro que nadie se presenta a la puja y por tanto se lo quedará el acreedor) solicite la disolución de la comunidad de bienes del piso por lo que se vendería el piso a un tercero con el correspondiente reparto de la mitad para vuestra madre y la otra mitad para el acreedor o vuestra madre puede comprarle su parte.
En el caso de que vuestro padre muriese antes de que se hubiese realizado el embargo, a pesar de que vosotras fuerais las herederas de la parte de vuestro padre, con la aceptación de la herencia, aceptáis los derechos y las obligaciones por lo que o pagáis la deuda o se deberá vender la parte que os corresponda en herencia (la de vuestro padre) para el pago de la misma.
Espero haberos ayudado. Si tenéis alguna duda más decídmelo.
Se me olvidaba deciros que hay una posible solución pero tiene un riesgo que sería que vuestro padre vendiese esa parte a un tercero y que ese tercero os la vendiese a vosotros, pero el riesgo es que acusen a vuestro padres de alzamiento de bienes y el juez obligue a retrodceder la venta, por lo que no os lo aconsejo.
¿Puede mi padre ceder el piso a mi madre? ¿Y si se lo cede pasa a nombre de mi madre pero como cónyuge no le exigirán el pago a ella? ¿Ni le embargaran el piso? Gracias
Eso que me propones es lo que te comentaba en mi intervención anterior pero es casi seguro que os va a salir mal ya que se trata de un delito llamado ALZAMIENTO DE BIENES lo cual implica volver a la situación inmediatamente anterior a la venta o cesión, que en este caso es lo mismo, ya que lo importante de este supuesto es el hacer un cambio en la titularidad del bien para eludir la responsabilidad por una deuda.
La única opción de venta posible sería vendérselo a un tercero que no supiera nada del asunto, lo cual es complicado.

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