Trabajo en negro

Quisiera saber que hacer porque desde hace 4 meses, que terminé un contrato de 6 meses, estoy, por imposición de la empresa trabajando en negro. Ellos lo impusieron por la situación actual y no te dejan alternativa, al tener más de 55 años. ¿Si me despiden por algo injustificado que puedo hacer? Tengo derecho a algo. Yo no quiero estar de esta manera, ¿pero es eso o nada . Que puedo hacer?

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Primeramente decir que usted si que tiene contrato ya que el art. 8establece que se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquél, por lo tanto como usted está cobrando por un trabajo dentro del ámbito de la empresa, su contrato se da de manera implícita.
Por otra parte, el art. 15 Estatuto de los Trabajadores establece que adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente hubiera podido fijar para el período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar en derecho.
Por lo tanto al no haberle asegurado, usted de facto ya es fijo por lo que si lo quisiesen echar podría reclamar como un trabajador fijo, al margen de la reclamación que puede hacer ante la Seguridad Social para que obliguen a la empresa a que ingrese las cantidades que han de cotizar por usted.
Resumiendo, actualmente usted en una posición de fuerza para exigir a la empresa que regularice su situación, aunque se arriesga a que una vez hecho lo echen por tanto como usted ya sabe que su situación es la de trabajador fijo, me esperaría un tiempo y luego negociar con la empresa, teniendo en cuenta que el art. 132.1 de la ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas establecen que las infracciones muy graves, como sería el hecho de no cotizar a la Seguridad Social prescriben a los trs años desde que se cometió.
Espero que lo tenga un poco más claro si no pregunte.
Realmente me ha sido de mucha ayuda su respuesta. Ha sido completa y muy profesional. Muchas gracias y por favor continué así en beneficio de los que por esta bendita crisis, debemos sufrir los abusos de malos empresarios.
Gracias

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