Posibilidad legal para heredarse una pareja sin casar.

Me dirijo a usted para que me conteste acerac de la posibilidad de que mi pareja y yo, que no estamos casados, nos podamos "heredar" en caso de fallecimiento, me gustaría saber si existe alguna fórmula legal: asumir deudas, crear una sociedad o algo así ... Y si fuese así me gustaría que me asesorase de lo más conveniente y económica.
Muchísimas gracias por su atención: RANAMARINA
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En principio la herencia tiene unos herederos forzosos, legitimarios que son los hijos y en su defecto serian los padres.
No obstante hay una parte de la herencia que es libre, concretamente 1/3 de la misma, y que ustedes pueden decidir lo que deseen.
Lo que me comenta es la posibilidad de intentar que no existe herencia y por tanto todo reflejado para la pareja.
En principio habría que ver con que bienes se cuenta.
Un ejemplo: la vivienda familiar si consta a nombre de los dos, seria la 1/2 del cónyuge no fallecido y sobre el resto dependería de si hay testamento o no, pero siempre un porcentaje seria de los padres del cónyuge fallecido, salvo existencia de hijos.
Una empresa seria delicado porque siempre se heredaría parte de la misma por los herederos.
Recomendaciones generales: (habría que especificar al caso concreto).
1. Hagan testamento uno en favor del otro.(Lo máximo esta limitado pero es importante)
2. Si no quieren perder bienes y tienen instinto maternal, tengan un hijo.
3. Dispongan de liquidez. Mi recomendación seria en una caja fuerte pero ante el riesgo de robos, mejor dejarlo en banco. En caso de fallecimiento de un cónyuge, antes de comunicarlo al banco, sacar todo el dinero del mismo.(Esto no seria una acción totalmente legal pero si efectiva)
Estoy muy agradecida por su explicación, no obstante, ¿no podríamos reconocernos deudas ante notario?, y en ese caso, ¿heredarían sus padres y después me pagarían? ¿Sus hermanos si no existiesen los padres también son herederos legítimos, o en ese caso, podríamos disponer del derecho de dejar como herederos a quien quisiésemos el 100% de nuestra herencia?
En mi caso personal mi padre ya ha fallecido, si muero: ¿Serían mis herederos mi madre y hermano(como heredero de mi padre) o sólo mi madre? ¿Podría disponer del usufructo de las viviendas (al 50% escrituradas) a favor de mi pareja?
No sé si me he excedido en preguntas, en caso de así fuese, espero que me disculpe y no se vea obligado a contestarme.
Agradecida: RANAMARINA.
El reconocerse deudas ante notario tendría poco sentido si sus padres están bien asesorados.
Hay una opción para los herederos que es heredar a beneficio de inventario que consiste en que se tasa la herencia, se pagan las deudas y si sobra algo se hereda.
(La otra version es heredar y cargar con lsa deudas y si hay más deudas que herencia, pagar con patrimonio propio).
En caso de que no haya ni hijos ni padres, hereda el cónyuge.
El usufructo de la pareja, es posible tasarlo económicamente.

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