Derecho internacional

UN matrimonio constituido por un español nacionalizado venezolano y una argentina:
Ambos domiciliados en Venezuela, lugar donde contrajeron nupcias.
Profesionales ambos; procrearon 2 hijos, 1 de 3 años de edad y otro de 8 años; ambos deciden llevar a cabo estudios de postgrado en Boston, EE.UU; ciudad
en la cual se residenciarán con sus hijos. Al cabo de cierto tiempo la cónyuge, alegando desavenencias conyugales, solicita a un tribunal competente el divorcio.
Al término del juicio logran sentencia definitivamente firme de divorcio. Terminado el postgrado ambos cónyuges y sus hijos, se regresan a Venezuela, y, la cónyuge
desea casarse nuevamente.
1) Posibles nacionalidades de los cónyuges y sus hijos
2) Actividades legales que la cónyuge debe llevar a cabo en Vzla, para casarse nuevamente.
3)¿Se puede solicitar la nulidad de la sentencia de divorcio otorgada en el extranjero en Vzla?

2 respuestas

Respuesta
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1/Posibles nacionalidades de los cónyuges y sus hijos. La nacionalidad que tienen, y la cual es posible cambiar en determinados supuestos. Supongo que el hombre es venezolano, pues dices que contrajo dicha nacionalidad y la esposa es argentina. Supongo que los hijos son Venezolanos, pues nacieron allí.
Insisto en que son respuestas genéricas, pues la nacionalidad puede haberse alterado.
2/No conozco la burocracia Venezolana
3/En primer lugar lo que habría que preguntarse es si la Sentencia de divorcio de eeuu está reconocida en Venezuela. Si no lo está, ella seguiría apareciendo como casada y no podría volver a casarse. Tendría que interponer un procedimiento de reconocimiento de esa resolución extranjera para que adquiriera eficacia en ese país. El tipo de procedimiento en concreto tendría que ser consultado con un Letrado de dicho país.
Respuesta
1
Las nacionalidades de los hijos y los cónyuges son las que están debidamenbte reconocidas y no por haber estudiado en otro país serán alteradas, es necesario otro tipo de tramite migratorio para ello.
Por lo que comentas supongo que la sentencia de divorcio fue dictada en USA así que habrá de determinar en primer termino si USA y venezuela tienen algún documento internacional firmado o son parte de alguno en materia de Derecho Familiar y si este reconoce las sentencias firmadas por ambos países en esa materia. De lo contrario esa sentencia es nula e inexistente de pleno derecho y el matrimonio subsiste en venezuela y por lo tanto la cónyuge no puede casarse nuevamente.
Si los paices se encuentran vigentes en algún tratado en materia de derecho familiar, entonces habrá que solicitar la certificación de dicha sentencia de divorcio al juez de USA mediante el tramite que señala la convención de la HAYA para tal efecto, y proceder a su inscripción en al oficina del matrimonio en venezuela.
Si los paices no son miembrsoe en ningún tratado la sentencia extranjera no existe en venezuela y por lo tanto no habrá divorcio y no hay necesidad de tramitar internacionalmete la inexistencia y/ o nulidad desde venezuela, tendrá que iniciar su ramite de edicorcio ante el juez competente de venezuela

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