Contrato de suministro de agua potable

Me gustaría saber cual seria el régimen de contratación aplicable a un contrato de suministro de agua potable a los vecinos (como obligación mununicipal) en una ciudad por parte de una empresa municipalizada y los vecinos del esa ciudad.

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Esta materia se rige por ordenanzas municipales
La ley de bases de régimen local impone entre los servicios públicos municipales de carácter obligatorio el suministro de agua pública
Su desarrollo se realiza por normativa local, generalmente ordenanzas
Estoy de acuerdo en los art 25 y 26 de la ley 7/85 de Bases de Régimen Local, pero lo que yo quería saber es lo siguiente:
En una ciudad, la obligación de suministro de agua potable por el municipio a los ciudadanos (ley 7/85) se lleva a cabo a través de una empresa en la que que el Ayuntamiento tiene el 51 % de las acciones y mi pregunta es ¿el contrato de suminisro de agua con los vecinos que tipo de contrato es? Y ¿Cuál es el régimen de ese contrato?, ya que si se incumple el mismo por la empresa de aguas, lo primero seria saber el régimen de esa contratación para exigirle su cumplimiento.
Gracias
El suministro a los vecinos no se basa en un contrato sino en la figura del servicio público, en cuanto prestación que ha de realizarse a los ciudadanos por los entes públicos
Los servicios públicos pueden prestarse directamente por la administración o indirectamente mediante la concesión a una empresa privada o pública, las modalidades de concesión son diversas, normalmente se cede a cambio de un precio o canon que el concesionario ha de pagar a la administración
En caso de incumplimiento por el concesionario del suministro se puede presentar una reclamación, en este caso en el Ayuntamiento
Estoy de acuerdo contigo, pero como sabes el vecino tiene un contrato de suminisrtro con la empresa consesioaria del suministro, la pregunta era ¿qué régimen de contratos regiría en estos casos?, aunque se deba de presentar en el Ayuntamiento cualquier reclamación por el servicio, pero la cuestión es saber el tipo de contratación.
Gracias
Me puedes concretar tu comunidad autónoma
Es en la Comunidad Valenciana
El contrato que pueden haber suscrito la empresa suministradora con el vecino es un contrato privado de suministro de aguas, este se rige por las cláusulas firmadas, en caso de incumplimiento de cualquier cláusula las partes pueden presentar la oportuna reclamación
Ello no obstante, el ayuntamiento es el responsable último de la prestación del servicio público de suministro de agua
Habría que ver el caso concreto, el contrato firmado y las ordenanzas del Ayuntamiento para intentar concretar un poco más

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