Juicio provincial

Hola mi padre tuvo un juicio en su municipio sobre la propiedad de la casa en la que él vive. Como las dos partes no estaban de acuerdo con la sentencia se recurrió, y ahora el juicio se va a celebrar en el juzgado provincial, si en este no llegamos a un acuerdo parece ser que habrá que ir al juzgado nacional, etc.
La pregunta mía es la siguiente, en el primer juicio (en nuestro municipio), declararon las partes, y los testigos, etc.
Nuestro abogado nos cuenta que en el juicio provincial, no tienen porque declarar de nuevo las partes que intervienen, me comenta que no se pueden presentar nuevos testigos, que simplemente van los abogados exponen el caso al abogado, y que el juez con toda la documentación anterior y las cintas grabadas del anterior juicio municipal hace su sentencia nueva, ¿esto qué me comenta mi abogado es cierto? ¿Así es siempre?
Saludos,
y gracias de antemano.

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Me imagino que por juicio provincial te refieres a la Audiencia Provincial, y el recurso que se ha presentado es el de apelación
En este recurso la regla general es que la Audiencia resuelve en base a todo el material probatorio que se aportó en el juicio anterior, no admitiéndose nueva prueba, salvo en caso de documentos que no se pudieron aportar por causa no imputable a la parte, o sean documentos nuevos que no hubieran podido obtenerse anteriormente, o en cuanto a la prueba que hubiera sido indebidamente denegada siempre que se hubiera hecho la correspondiente protesta
Fuera de estos caso no cabe prueba en el recurso, y las partes no tienen que ir a declarar

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