Sin Finiquito y Sin Antigüedad
El pasado día 15/06/09 la empresa en la que trabajo, un Hotel, cesa en su actividad, comunicándonos, esta decisión a los trabajadores de manera verbal a principios del mes de Junio, sin concretar cuándo se haría efectivo el cese de la explotación por parte de la empresa.
Con fecha 15 de junio de 2009, el Jefe de la empresa nos cita a los trabajadores, por separado, y nos plantea dos posibilidades ante su inminente abandono del Hotel, el cual se llevaría a cabo al día siguiente.
La primera de ellas, es un traslado forzoso de los trabajadores a cualquiera de los Hoteles que la empresa explota sitos en otros municipios. La segunda opción, es firmar un documento que traen preparado en el que rescindiríamos el contrato de común acuerdo, fijando una indemnización - finiquito -, pero eso sí, una indemnización condicionada, que solo percibiremos los trabajadores en el caso de que la nueva empresa pública que se va a hacer cargo del Hotel, no nos contrate o si lo hace, no nos hagan fijos o indefinidos en el plazo de 12 meses. También percibiríamos esa indemnización por parte de la empresa en el caso de que fuéramos despedidos por la nueva empresa en el mismo plazo. Nos comunican también que la nueva empresa no respetaría, en ningún caso, la antigüedad de los trabajadores, al considerar que no existe la denominada sucesión empresarial.
Algunos de los trabajadores preguntamos que por qué no se nos despide indemnizándonos con lo que nos corresponde por nuestra antigüedad, en mi caso 5 años, todos los empleados, tenemos en la empresa una antigüedad superior a un año, y el Jefe nos dice, que no nos despiden porque entonces la empresa pierde todas las subvenciones que ha cobrado por nosotros.
Los trabajadores solicitamos tiempo para meditar la decisión a adoptar. Sin embargo, la empresa, nos dice, que si no firmamos la rescisión de mutuo acuerdo en ese instante, automáticamente seríamos trasladados a cualquier otro Hotel de la cadena, fuera incluso de nuestra provincia, y nos dice que la incorporación a ese centro de trabajo debería efectuarse al día siguiente.
Finalmente, viendo que si no firmamos nos van a trasladar fuera de nuestra provincia, y que la única opción de quedarnos en nuestro centro de trabajo es firmar el documento de mutuo acuerdo, todos los trabajadores firmamos el documento.
Y ahora nos planteamos demandar a nuestra antigua empresa porque creemos que firmamos ese documento bajo coacción, y a la nueva porque creemos que debería de haber existido subrogación, y pensamos que las dos empresas estaban de acuerdo, una para deshacerse de nosotros sin pagar un duro y la otra para evitar la subrogación.
Me gustaría saber su opinión de que opciones tenemos de ganar si decidimos demandarlos.
Con fecha 15 de junio de 2009, el Jefe de la empresa nos cita a los trabajadores, por separado, y nos plantea dos posibilidades ante su inminente abandono del Hotel, el cual se llevaría a cabo al día siguiente.
La primera de ellas, es un traslado forzoso de los trabajadores a cualquiera de los Hoteles que la empresa explota sitos en otros municipios. La segunda opción, es firmar un documento que traen preparado en el que rescindiríamos el contrato de común acuerdo, fijando una indemnización - finiquito -, pero eso sí, una indemnización condicionada, que solo percibiremos los trabajadores en el caso de que la nueva empresa pública que se va a hacer cargo del Hotel, no nos contrate o si lo hace, no nos hagan fijos o indefinidos en el plazo de 12 meses. También percibiríamos esa indemnización por parte de la empresa en el caso de que fuéramos despedidos por la nueva empresa en el mismo plazo. Nos comunican también que la nueva empresa no respetaría, en ningún caso, la antigüedad de los trabajadores, al considerar que no existe la denominada sucesión empresarial.
Algunos de los trabajadores preguntamos que por qué no se nos despide indemnizándonos con lo que nos corresponde por nuestra antigüedad, en mi caso 5 años, todos los empleados, tenemos en la empresa una antigüedad superior a un año, y el Jefe nos dice, que no nos despiden porque entonces la empresa pierde todas las subvenciones que ha cobrado por nosotros.
Los trabajadores solicitamos tiempo para meditar la decisión a adoptar. Sin embargo, la empresa, nos dice, que si no firmamos la rescisión de mutuo acuerdo en ese instante, automáticamente seríamos trasladados a cualquier otro Hotel de la cadena, fuera incluso de nuestra provincia, y nos dice que la incorporación a ese centro de trabajo debería efectuarse al día siguiente.
Finalmente, viendo que si no firmamos nos van a trasladar fuera de nuestra provincia, y que la única opción de quedarnos en nuestro centro de trabajo es firmar el documento de mutuo acuerdo, todos los trabajadores firmamos el documento.
Y ahora nos planteamos demandar a nuestra antigua empresa porque creemos que firmamos ese documento bajo coacción, y a la nueva porque creemos que debería de haber existido subrogación, y pensamos que las dos empresas estaban de acuerdo, una para deshacerse de nosotros sin pagar un duro y la otra para evitar la subrogación.
Me gustaría saber su opinión de que opciones tenemos de ganar si decidimos demandarlos.
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