Me quieren despedir sin indemnización

Con la crisis, a la empresa para la que llevo 14 años trabajando no le cuadran las cuentas y quiere que acepte un despido (haciendo como que cobro indemnización, pero sin cobrar nada), a cambio de esto me arreglarían los papeles para cobrar el paro.
Al yo negarme rotundamente, ahora me amenazan con despedirme sin cobrar nada de nada, dicen que lo van a conseguir acumulando faltas leves que me comunicaran por cualquier tontería o fallo que cometa.
Conociéndoles, creo que al final lo van a conseguir, y quiero ser yo quien deje la empresa antes de que esto me cause más problemas de salud.
¿Cómo puedo dejar yo la empresa?
Llevan varios meses de reiterados retrasos en el pago de la nómina ¿puedo usar este argumento?
¿Puedo dejar la empresa por el acoso que estoy sufriendo? ¿Qué pruebas necesitaría?
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Retrasos en el pago de nominas:
Nomina mayo ---> terminé de cobrarla integra 10 junio ---> retraso de 10 días
nomina junio ---> terminé de cobrarla integra 22 julio ---> retraso de 22 días
nomina julio ---> terminé de cobrarla integra 16 septiembre ---> retraso de 47 días
nomina agosto ---> terminé de cobrarla integra 29 septiembre ---> retraso de 29 días
nomina septiembre ---> terminé de cobrarla integra 21 octubre ---> retraso de 21 días
nomina octubre ---> terminé de cobrarla integra ---> retraso de 9 días
muchas gracias de antemano por su ayuda.

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El estatuto de los trabajadores prevé la resolución del contrato a instancias del trabajador basado en el incumplimiento de las obligaciones del empresario entre ellos el art 50.1.b señala Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato: b.La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado
En este caso tendrías derecho a la indemnización por despido improcedente (45 días de salario por año trabajado) y a paro
La forma de proceder sería presentar papeleta de conciliación contra la empresa instándole la resolución del contrato por incumplimiento de sus obligaciones basada en ese retraso, en virtud del art 50.1.b) del estatuto de los trabajadores y solicitando la indemnización prevista para el despido improcedente en base al art 50.2 del Estatuto
Si no se llega a acuerdo en conciliación presentas demanda ante el juzgado de lo social, eso si mientras se tramita tienes que seguir trabajando
¿Me recomienda contratar los servicios de un abogado laboralista o bastaría afiliarme a algún sindicato?
Gracias por su pronta respuesta.
Le recomiendo que cuente con asesoramiento profesional
Si se afilia o no a un sindicato o acude directamente a un abogado es algo que corresponde decidir a usted
Mañana voy al medico de cabecera para contarle mis problemas... si me da la baja por depresión... ¿puedo seguir con este tema aun estando de baja?
Si, claro es más incluso podría servir para fundamentar aún más su pretensión

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