Sobre providencias de apremio embargo ayuntamiento.

Me gustaría saber si al recibir la notificación de la providencia de apremio de embargo por parte de un ayuntamiento con motivo de una sanción de trafico, tengo periodo voluntario de pago sin recargo al recibir la providencia o bien ya viene con el recargo del 20 % aunque la page en periodo voluntario.
Respuesta
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La providencia de apremio se dicta una vez transcurrido el periodo voluntario de pago y lleva ya el 20% de recargo, por lo que no cabe ya hablar de periodo voluntario pues ya ha pasado
Necesariamente han debido notificarte ese periodo voluntario de pago

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