¿Si me dan el alta y recaigo puedo volver otra vez donde ellos para que me traten?

Mañana tengo consulta con el médico de la mutua y a mi parecer me darán el alta.
Pero yo no me encuentro bien para ir a trabajar, mi lesión no la han podido valorar todavía puesto que tengo clavos y distorsiona cualquier prueba que me han echo.
¿Si me dan el alta y recaigo puedo volver otra vez donde ellos para que me traten?. ¿Hay algún plazo para esto?.
Aparte de impugnar como usted me comentó el otro día, ¿por qué esto es meterse en mucho lío no?, y yo no estoy indefinida

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La impugnación del alta junto a lo que le comenté sobre la baja en la seguridad social y procedimiento de determinación de contingencias es lo único que puede hacer si se desentienden de usted en la mutua
Si se pone a trabajar y no impugna esa alta y a los días siguientes ve que no puede trabajar puede intentar solicitar una nueva baja en la mutua, que se la den o no ya depende de ellos
Si deja pasar el plazo sin impugnar el alta luego es algo más complicado el intentar reclamar, y sobre todo si lo que deriva todo es en algún tipo de incapacidad permanente
Para impugnar el alta en la seguridad social hay 4 días, en la mutua es conveniente no dejar pasar ese plazo, y la impugnación se hace presentando un simple escrito en la mutua manifestando que no está curada todavía y que está imposibilitada para trabajar

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