Responsabilidad del presidente cons. Admin. S.L.
Estamos a punto de formalizar una sociedad limitada entre 8 socios, con participaciones del 10% en 7 de ellos y la mía con el 30%. Se ha planteado que la administración se haga de forma solidaria entre dos socios o bien mediante un consejo de administración.
Tengo varias preguntas:
a) Alguno de los dos componentes de la administración solidaria (dos)debe ser autónomo. ¿La responsabilidad de ambos es similar a la del administrador único?.
b) Si elegimos la constitución de un consejo de administración con 8 componentes, ¿alguno ha de ser obligatoriamente autónomo? ¿El presidente del consejo tiene responsabilidad diferente a los demás componentes del consejo?.
c) Tengo entendido que la S.L. Limita la responsabilidad frente a terceros al capital social de la propia sociedad, sin afectación a los patrimonios de los partipes de la sociedad ¿es verdad?
Tengo varias preguntas:
a) Alguno de los dos componentes de la administración solidaria (dos)debe ser autónomo. ¿La responsabilidad de ambos es similar a la del administrador único?.
b) Si elegimos la constitución de un consejo de administración con 8 componentes, ¿alguno ha de ser obligatoriamente autónomo? ¿El presidente del consejo tiene responsabilidad diferente a los demás componentes del consejo?.
c) Tengo entendido que la S.L. Limita la responsabilidad frente a terceros al capital social de la propia sociedad, sin afectación a los patrimonios de los partipes de la sociedad ¿es verdad?
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